Resumen Tramite de Suspensión del Juicio a Prueba en Corrientes (Argentina)
2. ENTRE SUS OBJETIVOS SE ENCUENTRAN: a) DESCONGESTIONAR LOS TRIBUNALES,
b) CAMBIAR LA POLITICACRIMINAL A FIN DE ENFOCAR LOS RECURSOS EN EL JUZGAMIENTO DE DELITOS MAS GRAVES,
c) UTILIZAR RACIONAL MENTE LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA,
d) EVITAR LOS EFECTOS PERNICIOSOS DE LA CARCEL EVITANDO LAAPLICACIÓN DE LAS PENAS CORTAS DE PRISION Y/O EL ENCARCELAMIENTO DE DELINCUENTES PRIMARIOS U OCASIONALES.
OPORTUNIDAD: Aplicacion del principio pro homine según el cual debe acudirse siempre a la norma más amplia o a la interpretación más extensiva cuando se trate de reconocer derechos protegidos.
El instituto en diversas jurisdicciones:
I.- En el CPPN dentro del TITULO IV al tratar laSituación del imputado en su CAPITULO III trata la Suspensión del proceso a prueba
Art. 293. - En la oportunidad que la ley penal permita la suspensión de la persecución, el órgano judicial competente podrá conceder el beneficio, en audiencia única, donde las partes tendrán derecho a expresarse.
Cuando así ocurra, el órgano judicial competente en la misma audiencia especificará concretamente lasinstrucciones e imposiciones a que deba someterse el imputado y deberá comunicar inmediatamente al juez de ejecución la resolución que somete al imputado a prueba.
Y en su CAPITULO IV Suspensión del proceso a prueba en el art.
Art. 515. - Una vez que el órgano judicial competente comunicó la resolución que somete al imputado a prueba al tribunal de ejecución, éste inmediatamente dispondrá el controlde las instrucciones e imposiciones establecidas y comunicará a aquél cualquier inobservancia de las mismas.
En caso de incumplimiento o inobservancia de las condiciones, imposiciones o instrucciones, el tribunal de ejecución otorgará posibilidad de audiencia al imputado, y resolverá, acerca de la revocatoria o subsistencia del beneficio. En el primer caso, practicará los registros ynotificaciones correspondientes y colocará al imputado a disposición del órgano judicial competente.
II.- En el CPP de la Provincia de Neuquén la oportunidad específica es una vez completada la investigación a fin de preservar las pruebas o durante el juicio oral en caso de modificación de la acusación. Vía Pretoriana (o jurisprudencial) se prevé la posibilidad de plantearla hasta la etapa previa derealización del juicio. En sede Correccional se fija una Audiencia Preliminar al Juicio al efecto.
INSTRUCCIÓN TITULO VI bis. Suspensión del juicio a prueba
Oportunidad y trámite
Artículo 310 bis.- Una vez completada la investigación y en los casos autorizados por la ley penal, el imputado y su defensor, por sí o en conjunto con el Fiscal, podrán solicitar al Juez la suspensión del juicio aprueba.
El Juez citará a audiencia para examinar la petición formulada con intervención del Fiscal, el imputado, su defensor y la víctima si la hubiere, y de modo tal que todos ellos puedan expresarse, debiéndose consignar en el acta sólo sus conclusiones.
Oídas las partes, el Juez decidirá inmediatamente o por auto fundado, loque corresponda. La resolución será apelable por la defensa y el Fiscal en el plazo de tres (3) días.
Los pedidos de suspensión efectuados antes de que concluya la investigación se examinarán cuando el Fiscal o el Juez estimen completa la instrucción. Al efecto, el Juez correrá una vista previa al Fiscal.
El Juez podrá rechazar...
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