Resumen
1. En al año anterior, es decir, en el año 2011, sus ingresos BRUTOS fiscales, provenientes de su actividad operacional gravada (es decir, losprovenientes de la venta de bienes corporales muebles gravados, o de prestación de servicios gravados o de ejecución de juegos de suerte y azar, pero SIN incluir ingresos por operaciones excluidas o losingresos extraordinarios tales como ventas de activos fijos, o herencias, o loterías, o dividendos, o salarios, etc; no pudieron haber excedido de $ 100.528.000(4.000 UVTs x $25.132).
2. Que se tengacomo máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollenactividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
4. No ser usuario aduanero.
5. Que en el 2011 no haya celebradoscontratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual superior $ 82.936.000(3.300 UVT x $25.132).
6. Que en el 2012 no celebre contratos de venta de bienes o prestación deservicios gravados por un valor individual superior a $ 85.962.000(3.300 UVT x $26.049).
7. Que en el 2011 el monto total de sus consignaciones bancarias no haya superado los 113.094.000(4.500 UVT x$25.132).
8. Que en el 2012 el monto total de sus consignaciones no supere el monto de 4.500 Uvt, esto es la suma de $ 117.221.000(4.500 UVT x $26.049)
Hay que aclarar que si una persona natural, alo largo del año 2012, viene cumpliendo con la totalidad de los anteriores 8 requisitos y por ello puede pertenecer al “Régimen simplificado del IVA”, pero en algún momento termina incumpliendoalguno de los requisitos 2, 3, 4, 6 u 8 antes señalados, en ese caso tal persona natural deberá inscribirse en el “Régimen común” a partir de la iniciación del bimestre siguiente a aquel en el que se...
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