retencion de cts
No obstante, lo anterior incluso a tenor del Art. 33 de lareferida ley en ciertos casos la CTS puede mantenerse retenida en parte por el empleador y el restante por el agente financiero depositario, por lo que se necesitaría la emisión de oficios tanto alempleador como Banco Falabella, pero dicho supuesto tampoco sucede dado que reiteramos que no existe orden judicial dirigida al Banco, por lo que la retención de dicho monto ni siquiera tiene fundamentolegal y afecta la condición del trabajador como consumidor financiero y se realiza una apropiación indebida de dichos caudales, vulnerando el Art. 37 de la ley de la materia dado que los depósitos porconcepto de CTS son inembargables salvo por concepto de alimentos y solo hasta el 50%, sin embargo se ha realizado una retención ilegal del 100%.
Asimismo, si bien el Art. 38 de la misma ley señala queel empleador debe informar al juzgado sobre el depositario elegido, como así lo ha realizado el empleador, la misma norma indica que el mandato judicial debe ser notificado DIRECTAMENTE al bancodepositario, hecho que tampoco acaece y vuelve ilegal la retención.
Conforme el destacado jurista procesalista Monroy Gálvez “a través del embrago en retención se solicita a este deudor del autor...
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