retenciones en pagos por separacion
ART 113.-
Las personas que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el artículo 112 de esta Ley,
efectuarán la retención aplicando al ingreso total poreste concepto, una tasa que se calculará
dividiendo el impuesto correspondiente al último sueldo mensual ordinario, entre dicho sueldo; el
cociente obtenido se multiplicará por cien y el producto seexpresará en por ciento. Cuando los
pagos por estos conceptos sean inferiores al último sueldo mensual ordinario, la retención se
calculará aplicándoles la tarifa establecida en este artículoRESUMEN
Ingreso total gravado por prima de antigüedad, indemnización u otros pagos por separación
(×) Tasa
(=) ISR a retener por prima de antigüedad, indemnización u otros pagos por separación
Donde:ISR del último sueldo mensual ordinario (artículo 113 de la LISR)
(÷) Último sueldo mensual ordinario
(=) Proporción
(×) Constante 100
(=) tasa
Cuando el pago por separación es mayor que elúltimo salario mensual ordinario.
Si el monto del pago por separación es mayor que el último salario mensual ordinario, entonces, en lugar de calcular el ISR por separación con la aplicación de lastarifas del ISR, se deberá de determinar una tasa de ISR equivalente al ingreso gravado por separación
Cuando el pago por separación es menor que el último salario mensual ordinario.
Si es menorque el último salario mensual ordinario, pues lo que debemos de hacer para determinar el ISR por este concepto, es, aplicar ÚNICAMENTE la tarifa del artículo 113 de la LISR al pago por separación. La fracción X del artículo 109 de la LISR prevé una exención por este concepto, equivalente a 90 veces el Salario Mínimo General (SMG) del área geográfica del contribuyente por cada año de servicios.Adicionalmente el mismo dispositivo establece que, cualquier fracción de más de 6 meses, se considerará como año completo para efectos de determinar la exención
El patrón tiene otra obligación...
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