Retenciones
REGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV 2
Base Legal: 2
Definición: 2
Ámbito De Aplicación: 2
Tratamiento Cuando Se Emitan Notas De Debito 3
Tratamiento Aplicable En Caso De Las Notas De Crédito 3
Sujetos Que Intervienen En El Régimen De Retenciones 3
Agentes de Retención: 3
Proveedor: 3
Supuestos Excluidos Del Régimen: 3
Designación, Exclusión Y Acreditación Del Agente DeRetención 4
Tasa de Retención: 4
Oportunidad De La Retención: 5
Comprobante De Retención: 5
Baja De Comprobantes De Retención 6
Declaración Y Pago Del Agente De Retención 6
Aplicación de las Retenciones: 6
Cuentas Y Registros De Control: 7
Registro de Comprobantes De Pago Sujetos A Retención: 7
Operación Realizada Con Un Proveedor No Designado Agente De Retención: 7
OperaciónRealizada Con Un Proveedor Designado Agente De Retención: 8
PREGUNTAS FRECUENTES 8
LA PERSONA A LA CUAL LE HAN RETENIDO IGV 11
PARA LA IMPRESIÓN DE COMPROBANTES DE RETENCIÓN 12
CUANDO LA OPERACIÓN ES EN MONEDA EXTRANJERA 13
CASOS PRÁCTICOS 14
CASO PRÁCTICO Nº 01: 14
CASO PRÁCTICO Nº 02: 15
CASO PRÁCTICO Nº 03: 15
CASO PRÁCTICO Nº 04: 16
CASO PRÁCTICO Nº 05: 17
CASO PRÁCTICO Nº 06: 18
CASOPRÁCTICO Nº 07: 20
CASO PRÁCTICO Nº 08: 20
CASO PRÁCTICO Nº 09: 21
CASO PRÁCTICO Nº10: 21
CASO PRÁCTICO Nº 11: 22
REGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV
Base Legal:
* Artículo 10° del Código Tributario D.S. 135-99-EF.
* Artículo 10º inciso c) del TUO Ley del IGV, DS 055-99-EF.
* Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 050-2002/SUNAT* Resolución de Superintendencia N° 135-2002/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 126-2004/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 263-2004/SUNAT
* Resolución de Superintendencia N° 061-2005/SUNAT
Definición:
Es el régimen por el cual los Agentes de Retención (clientes) designados por la SUNAT efectúan retenciones del IGV a sus Proveedores afectos a dicho impuesto, parasu posterior entrega al fisco, con cargo a que el sujeto de retención las descuente de su impuesto a pagar del mes.
Ámbito De Aplicación:
Es aplicable a los proveedores en las operaciones gravadas con el IGV como:
* Venta de bienes muebles
* Primera venta de inmuebles
* Prestación de Servicios
* Contratos de Construcción
NOTAS DE DEBITO QUE MODIFIQUEN LOSCOMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS
Entró en vigencia: a partir del 01 de junio del 2002.
Serán tomadas en cuenta para efecto de este Régimen
No darán lugar a una modificación de los importes retenidos ni a su devolución por parte del agente de retención, sin perjuicio de que el IGV respectivo sea deducido del impuesto bruto mensual en el periodo correspondiente
NOTAS DE CREDITO EMITIDAS POR OPERACIONESRESPECTO DE LAS CUALES SE EFECTÚO LA OPERACION
Las retenciones correspondientes al monto de las notas de crédito podrá deducirse de la retención que corresponda a operaciones con el mismo proveedor, respecto de las cuales aun no a operado.
Tratamiento Cuando Se Emitan Notas De Debito
Las notas de debito que emitan los proveedores modificando los comprobantes de pago emitidos al incrementarel importe de la operación realizada, serán tomadas en cuenta para efecto de este régimen.
Tratamiento Aplicable En Caso De Las Notas De Crédito
Por el contrario se establece que las notas de créditos emitidas por operaciones respecto de las cuales se efectuó la retención – que como sabemos originan una disminución del importe de la operación – no darán lugar a una modificación de los importesretenidos, ni a su devolución por parte del agente de retención, sin perjuicio de que el IGV consignado en dicha nota de crédito se ha deducido del impuesto bruto mensual en el periodo correspondiente.
La retención correspondiente al monto de las notas de crédito mencionadas en el párrafo anterior podre deducirse de la retención que corresponda a operaciones con el mismo proveedor respecto de las...
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