retiro discrecional
PROBLEMA JURÍDICO
El problema jurídico de la sentencia del 22 de marzo de 2012, proferida por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección “B”, Consejero Ponente: Luis Rafael VergaraQuintero, rad. 19001-23-31-000-2001-00987-01(0518-09), se contrae a determinar si el demandante fue correctamente retirado del servicio activo en la Policía Nacional, en ejercicio de la facultaddiscrecional, o si por el contrario fue mal retirado del servicio.
TESIS JURISPRUDENCIAL
El H. Consejo de Estado en su sentencia, estableció su tesis en el sentido de determinar que la Policia Nacional puederetirar del servicio activo al personal de Agentes de la Policía Nacional sin que exista motivación alguna, toda vez que se entenderá que se toma la decisión en aras de garantizar el buen servicio.Sin embargo, plantea que solo se requiere la recomendación de la Junta de evaluación y Clasificación, situación que en el caso concreto se identifica plenamente, por lo que fue procedente la medidatomada.
Para abordar un segundo concepto de violación, relativo a la queja presentada por un ciudadano y que fue el origen del retiro del servicio, el máximo órgano de cierre de lo contenciosoadministrativo manifestó que el hecho que se encuentre investigado no es óbice para que esto quiera significar una estabilidad laboral.
En este sentido, la administración puede escoger entre el retirodiscrecional por razones del servicio o adelantar un proceso disciplinario, de modo que la determinación de retirar del servicio activo al demandante fue bien tomada, sin que ello signifique un desvío delpoder, toda vez que ello se hace con miras al “mejoramiento del servicio”
CONCLUSIONES
Es indudable la incoherencia existente entre la Constitución Política de Colombia de 1991 y las normas deretiro del servicio de la Policía Nacional, establecidas en el decreto 1791 de 2000 y demás normas concordantes, máxime si se tiene en cuenta que nuestra carta magna promulga una estabilidad laboral, y...
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