REVICION SECUENCIAL
Laincorporación del procedimiento de revisión secuencial del dictamen contenido en el artículo 52-A del CFF, vino a mejorar la garantía de seguridad jurídica a favor de los contribuyentes y de los contadores públicos registrados para dictaminar estados financieros con efectos fiscales, pues, en relación con el procedimiento previsto en el RCFF abrogado, en primer lugar se eliminó la facultad de lasautoridades fiscales para requerir “de manera indistinta” información o documentación a los contribuyentes, al contador público dictaminador o a los terceros relacionados, estableciendo en su defecto un procedimiento secuencial en el cual, en primer lugar, se debe requerir al contador público que haya formulado el dictamen, cualquier información que debiera estar incluida en los estados financierosdictaminados; la exhibición de los papeles de trabajo y, en su caso, la información que se considere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales. En el entendido que, sólo en el caso en que el contador público no entregue la información requerida, lo haga de manera incompleta, o bien, a juicio de la autoridad fiscal no sea suficiente para conocer la situación fiscaldel contribuyente, aquélla podrá ejercer directamente con el contribuyente sus facultades de comprobación. Dicho de otra manera, el procedimiento de revisión secuencial ordena que primero se le requiera la información o documentación al contador público y sólo por excepción, las autoridades ejerzan de manera directa con el contribuyente las facultades de fiscalización. Lo anterior, evidentemente,viene a fortalecer la garantía de seguridad jurídica a favor de los contribuyentes y de los dictaminadores, al establecer un orden de prelación en cuanto a la revisión del dictamen. Al mismo tiempo, también se eliminó la posibilidad de requerir al contador público la exhibición de los sistemas y registros contables y documentación original de los propios contribuyentes, que preveía el artículo 55del RCFF abrogado, lo cual resultaba excesivo al imponerle al contador público la obligación de exhibir registros y documentación original propiedad de los contribuyentes, que por lógica elemental, escapaba de su control material. El nuevo procedimiento de revisión secuencial del dictamen, contenido en el artículo 52-A vigente, es del tenor siguiente: 52-A. Cuando las autoridades fiscales en el...
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