Revisoria Fiscal Tema 2 Clase 3

Páginas: 6 (1382 palabras) Publicado: 14 de agosto de 2015



3. SANCIONES QUE CONTEMPLA EL ESTATUTO TRIBUTARIO (OBJETO DE REVISIÓN POR PARTE DEL RF)

Articulo
Sanción
Revisión
Liquidación




649
Sanción por activos omitidos o pasivos inexistentes.

entidades de consulta
Será autoliquidada por el mismo declarante en un valor único del cinco por ciento (5%) del valor de los activos omitidos o de los pasivos inexistentes, por cada año en que se hayadisminuido el patrimonio, sin exceder del treinta por ciento (30%).




652
Sanción por expedir facturas sin requisitos.
revisando el nit de las facturas
sanción del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadas sin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de 950 UVT







668
Sanción por extemporaneidad en la inscripción en el registro nacional de vendedores einserción de oficio.



derogado
Registro Nacional de Vendedores
Sanción equivalente a 140.000 por cada año o fracción de año calendario de extemporaneidad en la inscripción. Cuando se trate de responsables del régimen simplificado, la sanción será de 68.000
Cuando la inscripción se haga de oficio, se aplicará 270.000 por cada año o fracción de año calendario de retardo en la inscripción. Cuando se tratede responsables del régimen simplificado, la sanción será de 140.000





669
Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión.
Administrador de Impuestos Nacionales,
multa equivalente al valor de la operación que es motivo de la misma.





634
Sanción por mora en el pago de impuestos, anticipos y retenciones.
impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales
deberán liquidar y pagar intereses moratorios, por cada día calendario de retardo en el pago.





641
SANCIONES RELACIONADAS CON LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS

Extemporaneidad en la presentación.
dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de ladeclaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso.

Cuando en la declaración tributaria no resulte impuesto a cargo, la sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, será equivalente al medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el período objeto de declaración, sin exceder la cifra menor resultante deaplicar el cinco por ciento (5%) a dichos ingresos, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 2.500 uvt cuando no existiere saldo a favor. En caso de que no haya ingresos en el período, la sanción por cada mes o fracción de mes será del uno por ciento (1%) del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el diez por ciento(10%) al mismo, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la  suma de 2.500 UVT cuando no existiere saldo a favor.





642
Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad al emplazamiento.
dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
 liquidar y pagar una sanción por extemporaneidad por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al diez porciento (10%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del doscientos por ciento (200%) del impuesto o retención, según el caso.
Cuando en la declaración tributaria no resulte impuesto a cargo, la sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, será equivalente al uno por ciento (1%) de los ingresos brutos percibidos por el declarante enel período objeto de declaración, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el diez por ciento (10%) a dichos ingresos, o de cuatro (4) veces el valor del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 5.000 UVT cuando no existiere saldo a favor.
En caso de que no haya ingresos en el período, la sanción por cada mes o fracción de mes será del dos por ciento (2%) del patrimonio líquido del...
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