Revocatoria de los consejos comunales
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Los Consejos Comunales, se puede construir entre vecinos de una misma comunidad, para afrontar problemas comunes en lo social, en lo político, en lo económico, etc., desarrollando proyectos de hábitat, complejos agro productivos, industriales, granjas integrales, vialidad, núcleos de desarrollo endógeno, factorías, plantasprocesadoras, viveros, centros recreacionales, etc.
Es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana.
También se le define como un órgano de participación y protagonismo del pueblo, de articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos que conforman y hacen vidacomún.
Fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.335 de fecha 28 de diciembre de 2009 la nueva Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
Esta Ley tiene por objeto regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes delPoder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario. Noticiero Legal
Esta nueva Ley Orgánica señala que los consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos,ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justiciasocial.
Esta Ley deroga la Ley de los Consejos Comunales sancionada el 7 de abril de 2006 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.806, Extraordinario de fecha 10 de abril de 2006 y todas las demás disposiciones legales que colidan con la presente Ley.©
En Resumen de la Nueva Ley del consejo Comunal:
De vialidades de la ley derogada,surge un nuevo marco legal que busca guiar la actuación de los voceros comunales y de la sociedad en general, como máximo poder, a través de las asambleas de ciudadanos;
Con el propósito de fortalecer la administración del poder comunal. Dentro de los cambios que se dan en la nueva ley destaca la supresión de los bancos comunales para darle paso a la Unidad Administrativa y FinancieraComunitaria, la cual adquiere las mismas funciones de aquellos, pero se destaca la obligatoriedad de articular con La Unidad Ejecutiva y La Unidad de Contraloría Social las cuales conforman con ésta, el Colectivo de Coordinación Comunitaria y establece en el Capítulo IV La Revocatoria en el Consejo Comunal.
El artículo 20 de la citada ley señala: “La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es lamáxima instancia de deliberación y decisión…..” destacando como causales de revocatoria en el “Capítulo VI. Artículo 39
Numeral 1. “actuar de forma contraria a las decisiones tomadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas o el colectivo de Coordinación Comunitaria del Consejo Comunal.”
Numeral 4. Presentar los proyectos comunitarios, en orden distinto a las prioridades establecidas por laAsamblea de Ciudadanos y Ciudadanas”
Numeral 7 “ Incurrir en malversación, apropiación, desviación de los recursos asignados, generados o captados por el Consejo Comunal o cualquier otro delito previsto en la Ley Contra la Corrupción y el ordenamiento Jurídico Penal.
El artículo 40. Señala que la solicitud de revocatoria de los voceros se formaliza por escrito ante el Colectivo de...
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