Revolucion francesa y administracion contemporanea
HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES ESPAÑOLAS
RESUMEN
OBRA:
REVOLUCION FRANCESA Y ADMINISTRACION CONTENPORANEA
AUTOR:
EDUARDO GARCIA DE ENTERRIA
ALUMNO
ALFREDO TORRES TREVIÑOS
La formulación del principio de legalidad: legalidad universal y legalidad social. El Dogma de la voluntada General y de la idea de la Ley
La primera de estas ideas, el principio de legalidad,constituye, desde luego, un instrumento directamente lanzado contra la estructura política de l Estado absoluto: frente al poder personal y arbitrario, el ideal de l gobierno por y en virtud de las leyes. Pero su simple condición de arbitrio política no bastaría a explicar la eficacia, así como su increíble dinamicidad histórica que s e desenvuelve a los largo del constitucionalismo moderno yque se plasma en esta nueva concepción. Esta idea esencial es articulada políticamente en virtud del dogma de rousseu de la voluntad. De ser una vaga aspiración, una pura concepción metafísica, el principio de legalidad pasa a ser por obra de esta doctrina un preciso mecanismo político. Sobre la tesis de Rousseu, en efecto, va a montarse todo el moderno concepto de la Ley y su papel central enal teoría del Estado.
Las leyes como leyes de libertad este es un tema de mucha importancia, notando inmediatamente que estas leyes naturales de la sociedad, en cuya proposición y sostenimiento agota su función de l poder político, son, en cuanto a su contenido, característicamente leyes de libertad, leyes cuyo objeto es hacer posible el libre desenvolvimiento de los miembros delconjunto. Esto es la gestación del la Constitución, llamada constitución del orden de concurrencia.
Todo el fin del Estado se concreta, pues, en el Derecho, y en un Derecho cuyo objeto se reduce a asegurar la coexistencia de las libertades de los súbditos. Estas libertades se desenvuelven concurriendo, y cuidando la autoridad únicamente de articular sus límites recíprocos. La libertada no es solo,según esto, algo constitutivo del hombre, sino que también de rechazo, y es capital en la concepción política, el estatuto supremo de la comunidad.
La estructura del Estado: Leyes, tribunales y orden público.
El estado debe limitarse a dictar leyes generales con ese sentido características de garantía y limite externo de la libertada. Por razón de este objetivo, la aplicación de estas leyesse realiza a través del propio actuar libre de los ciudadanos y basta montar un sistema de tribunales que en caso de litigio entre dos libertades encontradas decidan la aplicación controvertida.
Entre tanto Locke establece una precisa distinción entre tres poderes, que les llama respectivamente legislativo, ejecutivo y federativo. El legislativo es la Locke el que hace el Derecho, pero claramenteincluye en sus funciones, además de las genuinas del legislativo de Montesquieu, las que en este se verán reflejadas el el poder judicial. Para que todo esto sea posible la idea de neutralidad del Juez tiene que estar latente.
Montesquieu recoge íntegramente el mismo esquema, aunque bajo una nueva ordenación. La autonomacia del poder ejecutivo que Montesquieu, que de esta se desprende queeste poder se le atribuye únicamente una función de relación y de defensa externa o internacional, con la única excepción de establecer la seguridad, que en su imprecisión puede tener también una aplicación interior. Monstesquieu lo que llamo por ejecutivo que es para Locke el poder Federativo. Que esto es así resulta mas claro si no olvidamos el dato que luce en la primigenia denominación delpoder.
Montesquieu ha ordenado los mismos, idénticos poderes de Locke en una nueva sistematización : pero desglosando de el para constituir un poder sustantivo, la función de juzgar, el poder federativo para ser en Montesquieu el poder que Locke había individualizado con este mismo nombre ambos de ejecutivo, refundación que se verifica sin duda porque ambos poderes de Locke, el federativo y...
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