RGTO LEY AMB AUTORREGULACION Y AUDITORIAS AMBIENTALES 22 10 2010
MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES
Reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
el 22 de Octubre de 2010
(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en
Movimiento)
MARCELO LUIS EBRARD CASUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con
fundamento en los artículos 122, apartado C, BaseSegunda, fracción II, inciso b),
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8º, fracción II, 67,
fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º., 5º, 12, 14 y
15, fracción IV y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, he tenido a
bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN
MATERIA DE AUTORREGULACIÓN YAUDITORÍAS AMBIENTALES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º. El presente ordenamiento es de observancia general en el territorio del
Distrito Federal y tiene por objeto reglamentar el Título Tercero, Capítulo VII de la
Ley Ambiental del Distrito Federal en materia de Autorregulación y Auditorías
Ambientales.
Su aplicación compete a la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del
DistritoFederal, sin perjuicio de las atribuciones que conforme a las disposiciones
legales y reglamentarias aplicables pudiesen corresponder a otras autoridades.
Artículo 2º. Para los efectos del presente Reglamento se estará a las definiciones
previstas en la Ley Ambiental del Distrito Federal y a las siguientes:
I. Administración ambiental. Conjunto sistematizado de acciones que se
establecen en losestablecimientos auditados para el control, preparación,
ejecución, registro y proyección de sus actividades y procesos con el propósito de
prevenir la contaminación ambiental y proteger y preservar los recursos naturales;
II. Auditor ambiental. Persona física o moral autorizada para realizar auditorías
ambientales, así como para elaborar y proponer la aplicación de las medidas
preventivas ycorrectivas derivadas de la realización de una auditoría ambiental,
de acuerdo a los términos establecidos en este Reglamento;
III. Auditor ambiental especialista. Auditor Ambiental que en la realización de una
auditoría ambiental tiene como función evaluar al menos una o más de las
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materias ambientales específicas, señaladas en el artículo 17 del presente
Reglamento;
IV. Auditor ambientalresponsable. Auditor ambiental que independientemente de
su función como especialista en la realización de una auditoría ambiental, es el
encargado de coordinar los trabajos de la auditoría ambiental, quien es
responsable de dichos trabajos y del equipo especialista que lo auxilie, así como
de los procesos, métodos y metodologías aplicadas y que, en términos de la
autorización correspondiente, ejerza lagerencia técnica o sustituto;
V. Auditoría Ambiental. Examen metodológico de las actividades, operaciones y
procesos de los establecimientos industriales, mercantiles, de servicios y de
espectáculos respecto de la contaminación y el riesgo ambiental, así como del
grado de cumplimiento de la normatividad ambiental, de los parámetros
internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería,con el objeto de
definir las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger los recursos
naturales y el ambiente;
VI. Autorregulación. Conjunto de acciones mediante las cuales, los productores,
empresas y organizaciones empresariales, así como los responsables de
vehículos o flotillas y edificaciones convienen con la Secretaría la reducción de sus
emisiones por debajo de los límitesestablecidos por las Normas Oficiales
Mexicanas y las Normas Ambientales para el Distrito Federal;
VII. Buenas prácticas de operación e ingeniería. Programas, proyectos, políticas o
acciones desarrolladas, implantadas y mantenidas por el establecimiento y que
están orientadas a la prevención de la contaminación y a la administración del
riesgo ambiental; cuya aplicación ha sido aceptada a través del...
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