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Páginas: 45 (11216 palabras) Publicado: 6 de octubre de 2014
CÓRDOBA, 1° de julio de 2014



Primera Sección

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 102

SECCIÓN

AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 102
CORDOBA, (R.A.), MARTES 1° DE JULIO DE 2014

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar

DIRECCION GENERAL DE

PODER

Registro de Instructores de Actividades Naúticas

Aprobación deConvenio entre el INDEC y la
Dirección General de Estadísticas y Censos

SEGURIDAD NAUTICA

Resolución N° 5
Córdoba, 26 de Junio de 2014.

VISTO: El expediente N° 0569104641/2014 en el que la Dirección
de Seguridad Náutica, dependiente del
Ministerio de Seguridad y Gobierno,
haciendo uso de sus facultades de
regulación de la actividad náutica,
plantea la necesidad de regulación y
registrode las tareas de instrucción que
las personas físicas y/o Jurídicas
desarrollan en diversas actividades
náuticas de los espejos de agua de la
Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO
Que la ley 5040/68 y Dto.
Reglamentarios 7106/86, de Náutica
de la Provincia de Córdoba, regula
toda la actividad náutica que se
desarrolla en aguas de Jurisdicción
Provincial o en las que la Provincia
ejerzael Poder de Policía.
Que por imperio de lo dispuesto en el
inciso 5° del art. 2340 del Código Civil
Argentino, los espejos de agua de la
provincia de Córdoba son de dominio
Público, sujetos a la plena jurisdicción
Provincial.
Que múltiples actividades deportivas
y recreativas son instruidas en los
espejos de agua, pues por razones de
seguridad es necesario una adecuada
regulación yregistro que permita el
efectivo control de las mismas.
Que con el objetivo primordial de
salvaguardar la vida y la integridad de
las personas, mediante la prevención
y en su caso la pronta intervención por
accidentes que pueden generarse en
la instrucción de diversas actividades
náuticas que se desarrolla en los
espejos de agua, se impone la
necesidad de la creación de un

EJECUTIVOinstrumento legal que determine los
requisitos habilitantes para efectuar
tareas de instrucción, como asimismo
determinar obligaciones en su carácter
de profesional de la actividad, sin
perjuicio del conjunto de respon
sabilidades que asumen conforme lo
dispuesto por cada entidad que nuclea
los diferentes tipos de actividades
náuticas.
Que la libertad de enseñanza y
utilización de losespejos de agua, es
un principio que se garantiza mediante
la adecuada regulación de la utilización
del espacio público y de la actividad,
como asimismo mediante el estricto
cumplimiento a las leyes vigentes que
regulan la materia y disposiciones que
emanen de la Dirección de Jurisdicción
de Seguridad Náutica.
Que las actividades náuticas se
desarrollan en un medio potencialmentepeligroso, por lo que los instructores
como profesionales de la actividad
deben extremar las medidas de
seguridad adecuadas para el efectivo
resguardo de la integridad física de sus
instruidos.
Por todo ello, la ley Náutica N° 5040
decreto 7106/86 lo dictaminado por el
área de Dictámenes de la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales del
Ministerio de Gobierno y Seguridad.
EL DIRECTORGENERAL DE
SEGURIDAD NAUTICA
RESUELVE
Articulo 1° ESTABLECESE la
obligatoriedad a todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen
tareas de instrucción en cualquier tipo
de actividad náutica, de empadronarse
ante esta Dirección de Seguridad
Náutica u organismo que lo reemplace,
conforme los requisitos que se estable

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cenen anexo único que forma parte
integrante de la presente resolución.
Articulo 2°: ESTABLECESE que la
habilitación para desarrollar tareas de
instructor en cualquier tipo de actividad
náutica, caduca a los 365 días, contados
desde la fecha de su emisión.
Articulo 3°: ESTABLECESE, en
caso de estar dispuesto por las
entidades que núclean la actividad a
desarrollarse, la obligatoriedad a...
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