Riesgos
Establecer los criterios y las acciones mínimas necesarias, conducentes a la declaración de las enfermedadesocupacionales a partir de su investigación y diagnóstico, en cada institución, empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácterproductivo o de servicios, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas, por parte de las empleadoras y los empleadores, asociadas o asociados, a través del Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo.
Esta Norma Técnica de Prevención, establece las acciones y requisitos para la declaración e investigación de enfermedades ocupacionales ante el Inpsasel, por parte de los centros detrabajo, para garantizar a las trabajadoras y los trabajadores los derechos consagrados en la Lopcymat, entre ellos el indemnizatorio.
El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, debeinvestigar las enfermedades ocupacionales con el fin de explicar lo sucedido, realizar el diagnóstico correspondiente y adoptar los correctivos necesarios, sin que esta actuación interfiera con lascompetencias de las autoridades públicas, además de asegurar la protección de las trabajadoras y los trabajadores, contra toda condición que perjudique su salud, producto de la actividad laboral y de lascondiciones en que ésta se efectúa.
Aplicable a todos los trabajos efectuados bajo relación de dependencia, por cuenta de una empleadora o empleador, cualesquiera sea su naturaleza, el lugardonde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicas o privadas y en general toda prestación de servicios personales, donde haya empleadora o empleador, trabajadoras o trabajadores, sea cualfuere la forma que adopte, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela. También quienes desempeñen sus labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias, de...
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