RIF INFORMACION RELEVANTE
SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
Fundamento legal: artículo 111,112 Y 113 de la LISR
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS
SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
Régimen de Incorporación Fiscal
Para solventar algunas de las demandas de los
contribuyentes en el sentido que los negocios se incorporen
a la formalidad, y facilitar el cumplimiento del pago de
impuestos, secrea el régimen de Incorporación.
Aplica para:
Personas físicas que realicen únicamente actividades
empresariales, es decir, vendan bienes o presten servicios
por los que no se requiera título profesional, siempre que los
ingresos obtenidos en el año anterior, no hubieran excedido
de $ 2,000,000.00 (dos millones de pesos).
Fundamento legal: artículo 111 de la LISR.
Características del régimen:
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS
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Régimen de Incorporación Fiscal
• Se paga un impuesto sobre la renta que progresivamente
va aumentando y de aplicación temporal hasta por 10
años, sin poder volver a tributar en el régimen.
• Al undécimo año, los contribuyentes se incorporan al
Régimen
de
las
Actividades
Empresariales
y
Profesionales de las personas físicas.
•Se efectúan pagos definitivos bimestrales.
• El ISR a pagar se calcula sobre flujo de efectivo: ingresos
menos deducciones autorizadas y aplicando la tarifa.
• Cuando las deducciones excedan de los ingresos del
periodo se puede deducir la diferencia contra los ingresos
del siguiente hasta agotarla.
Fundamento legal: artículo 111 de la LISR.
Tarifa Bimestral
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Régimen de Incorporación Fiscal
Tarifa aplicable al RIF
Límite inferior
Límite Superior
Cuota fija
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.00
19.04
404.48
1,188.42
1,573.08
1.92 %
6.40 %
10.88 %
16.00 %
17.92 %
2,181.22
6,654.84
12,283.90
30,141.80
43,475.14
156,808.46
21.36 %
23.52 %
30.00 %
32.00 %
34.00 %
35.00 %
0.01
992.15
8,420.83
14,798.85
17,203.01
992.14
8,420.8214,798.84
17,203.00
20,596.70
$ 20,596.71 $ 41,540.58
$ 41,540.59 $ 65,473.66
$ 65,473.67 $ 125,000.00
$ 125,000.01 $ 166,666.67
$ 166,666.68 $ 500,000.00
$ 500,000.01 En adelante
% aplicarse sobre el
excedente del límite
inferior
Fundamento legal: artículo 111 de la LISR.
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Régimen de Incorporación Fiscal
Beneficios del régimen:
• Descuentos en el ISR de 100%, durante el primer
año, disminuyendo en los siguientes diez años, para
pagar el total del ISR a partir del undécimo año:
AÑOS
Fundamento legal: artículo 111 de la LISR.
Beneficios del régimen :
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Régimen de Incorporación Fiscal
• Los pagos se harán de forma definitiva y simplificadabimestralmente, lo que implica mayor liquidez y menos
carga administrativa.
• Los contribuyentes, podrán calcular y enterar el pago
mediante el programa electrónico pre llenado “ Mis
Cuentas” en la pagina del SAT, www.sat.gob.mx
• Podrás Facturar por medio del sistema “Mis cuentas”
opción factura fácil, y tener clientes que antes no tenias.
Fundamento legal: artículo 111 de la LISR.
Obligacionesprincipales:
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Régimen de Incorporación Fiscal
• Inscribirse en el RFC.
• Entregar a sus clientes comprobantes fiscales (facturas y
notas de venta).
• Pagar sus compras e inversiones, mayores a $2,000.00,
mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
• Retener el ISR a trabajadores y enterarlo bimestralmente.
Fundamentolegal: artículo 112 de la LISR.
Obligaciones principales:
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Régimen de Incorporación Fiscal
• Registrar en los medios o sistemas electrónicos, los
ingresos, egresos, inversiones y deducciones según
articulo 28 CFF.
• Los contribuyentes que tributen conforme a este régimen que tengan su
domicilio en poblaciones o zonas rurales sin...
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