RISR art 189 No viola Principio de subordinación

Páginas: 50 (12303 palabras) Publicado: 9 de marzo de 2015
Época: Décima Época
Registro: 2008429
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 13 de febrero de 2015 09:00 h
Materia(s): (Constitucional, Administrativa)
Tesis: 2a./J. 131/2014 (10a.)

RENTA. EL ARTÍCULO 189 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO NO VIOLA EL PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA(LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2004).

El precepto citado, al ordenar que los comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que obtengan ingresos por arrendamiento y, en general, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como señalar el número de cuenta predial del inmueble de que se trateo, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable y firmarse por el contribuyente o su representante, no viola el principio de subordinación jerárquica que rige la facultad reglamentaria prevista en el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues si bien impone la obligación de cumplir conrequerimientos adicionales, lo cierto es que no contraría, modifica o excede lo dispuesto en el artículo 145, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sino por el contrario, detalla y complementa los datos que deben contener los documentos a que se refiere aquel numeral, a efecto de que cumplan con la función comprobatoria para la que fueron implementados, habida cuenta que atiende a loslineamientos del artículo 29-A mencionado, en específico a su fracción V, que indica el deber de asentar la cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen, pues aquellos datos sirven para identificar el bien inmueble por el cual el causante obtiene ingresos por otorgar su uso o goce temporal; de ahí que los comprobantes fiscales que expidan por las contraprestaciones que recibancon motivo de dicha actividad, debe cumplir los requisitos aludidos.

SEGUNDA SALA

Contradicción de tesis 197/2014. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito. 12 de noviembre de 2014. Mayoríade tres votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas y Luis María Aguilar Morales. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Gabriel Regis López.

Tesis y criterio contendientes:

Tesis XXI.1o.P.A.105 A, de rubro: "RENTA. EL ARTÍCULO 189 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DELIMPUESTO RELATIVO, AL EXIGIR PARA LA DEDUCIBILIDAD DE LOS RECIBOS DE ARRENDAMIENTO, REQUISITOS ADICIONALES A LOS SEÑALADOS EN EL NUMERAL 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, NO EXCEDE LO DISPUESTO EN EL PRECEPTO 145, FRACCIONES II Y III, DE LA CITADA LEY Y, POR TANTO, NO REBASA LA FACULTAD REGLAMENTARIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 89, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓNFEDERAL.", aprobada por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, octubre de 2008, página 2436, y el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver larevisión fiscal 144/2014.

Tesis de jurisprudencia 131/2014 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiséis de noviembre de dos mil catorce.

Esta tesis se publicó el viernes 13 de febrero de 2015 a las 09:00 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 16 de febrero de 2015,...
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