romano
Modos originarios de adquirir la propiedad
En principio en las instituciones de Gayo se distinguen dos modos de adquirir lapropiedad:
a) Modo de derecho civil. Él cita la mancipatio, la in iure cessio y la usucapio.
b) Modo de derecho de gentes. La ocupación, la especificación, la accesión y la traditio.
Justiniano en sus instituciones divide los modos de adquirir en civiles, los específicamente romanos y los naturales, los comunes a todo el pueblo. La tradición romanística distinguen entre:
a) Modos originarios.Son aquellos en los que el derecho de propiedad surgen sin vinculación con un posible titular anterior.
b) Modos derivativos. Hay una relación jurídica entre el que adquiere el derecho y el titular anterior.
MODOS ORIGINARIOS DE ADQUISICIÓN DE LA PROPIEDAD (Continuación temario dº reales) JOSE LUIS ZAMORA MANZANO
ART. 609 cc, “La propiedad se adquiere por ocupación..”
ART.610 cc.“ Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.
A1.- Isla nacida del mar
A2.-La isla nacida del río público en terrenos limitados
A3.-Caza y pesca: animal salvaje o domesticado que pierda el animus revertendi o costumbre de volver.
A4. Botín delenemigo.
A)OCUPACIÓN: forma originaria de adquisición que consiste en la aprehensión por parte del sujeto adquirente de una cosa que no pertenece a nadie “res nullius” con la intención de hacerla propia.
A5. Cosas abandonadas(res derelictae).
A6.Tesoro:(v. art. 351C.c.)
Requisitos. Cosas de valor, encuentro fortuito y que no exista memoria de quién era su titular.Reparto:
.-Fundo propio =todo al descubridor
.-Fundo ajeno = mitad para el descubridor y el resto al dueño del fundo. Igual criterio si el fundo es de dominio público
B) ACCESIÓN. Se produce cuando el propietario de una cosa principal adquiere lo que se le une o incorpora natural o artificialmente, bien sea ésta una res nullius o de otro propietario. La accesión puede serdefinitiva o provisional según las cosas sean o no separables.
Art. 353 C.c. la propiedad de los bienes da derecho por accesión a todo lo que se le une o incorpora, natural o artificialmente
B.1 De inmueble a inmueble (incremento fluvial).
.-Aluvión: incremento por depósito de sedimentos.
.-Avulsión: incremento por segregación de trozos de tierra. Ver si hay o no adhesión orgánica.
.-Alveusderelictus= mutación de cauce,
.-Formación de isla en fundos ribereños no limitados.
B.2 De mueble a mueble.
Ferruminatio= unión metales
Scriptura= lo escrito accede al dueño del papel.
Pictura= lo pintado o colores a la tabla o la inversa según proculeyanos
Textura= hilos adhesión al tejido.
* si el que hace la unión es propietario de la cosa accesoria puede oponer una exceptio doli a lareivindicatoria del propietario para que éste le indemnice.
B.3 De mueble a inmueble
Principio a aplicar: superies solo cedit.
Lo plantado, sembrado y edificado accede en favor del dueño del terreno. (Excepción que exista un derecho de superficie)
C) ESPECIFICACIÓN:
Es un caso originario, se adquiere una cosa nueva por la elaboración de una determinada materia.
Otras formas:
D) CONFUSIO =mezcla sólidos, líquidos.
E) CONMIXTIO: mezcla monedas.
F) FRUTOS: el propietario los adquiere por separación, el no propietario por percepción, en este último caso hay que ver si es o no de buena fe.
QUE ES ALUVION
Entre las formas de adquirir el dominio por accesión de inmueble a inmueble mencionamos al aluvión, como el incremento paulatino de los fundos ribereños por los sedimentos...
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