rottweilas
(febrero 10)
Por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
TITULO I
PRINCIPIOS DE LA JUSTICIA DE PAZ
Artículo 1o. Tratamiento integral y pacífico de los conflictos comunitarios y particulares. La jurisdicción de paz busca lograr la solución integral y pacífica de los conflictos comunitarios oparticulares.
Artículo 2o. Equidad. Las decisiones que profieran los jueces de paz deberán ser en equidad, conforme a los criterios de justicia propios de la comunidad.
Artículo 3o. Eficiencia. La administración de justicia de paz debe cumplir con la finalidad de promover la convivencia pacífica en las comunidades de todo el territorio nacional.
Artículo 4o. Oralidad. Todas las actuaciones que serealicen ante la jurisdicción de paz serán verbales, salvo las excepciones señaladas en la presente ley.
Artículo 5o. Autonomía e independencia. La justicia de paz es independiente y autónoma con el único límite de la Constitución Nacional. Ningún servidor público podrá insinuar, exigir, determinar o aconsejar a un juez de paz las decisiones o criterios que deba adoptar en sus intervenciones, sopena de incurrir en mala conducta, sancionable disciplinariamente.
Artículo 6o. Gratuidad. La justicia de paz será gratuita y su funcionamiento estará a cargo del Estado, sin perjuicio de las expensas o costas que señale el Concejo Superior de la Judicatura.
Artículo 7o. Garantía de los derechos. Es obligación de los jueces de paz respetar y garantizar los derechos, no sólo de quienes intervienenen el proceso directamente, sino de todos aquellos que se afecten con él.
Ver Sentencia Corte Constitucional 536 de 1995
TITULO II
OBJETO, JURISDICCION Y COMPETENCIA DE LA JUSTICIA DE PAZ
Artículo 8o. Objeto. La Jurisdicción de Paz busca lograr el tratamiento integral y pacífico de los conflictos comunitarios o particulares que voluntariamente se sometan a su conocimiento.
Artículo9o. Competencia. Los jueces de paz conocerán de los conflictos que las personas o la comunidad, en forma voluntaria y de común acuerdo, sometan a su conocimiento, que versen sobre asuntos susceptibles de transacción, conciliación o desistimiento y que no sean sujetos a solemnidades de acuerdo con la ley, en cuantía no superior a los cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante,los jueces de paz no tendrán competencia para conocer de las acciones constitucionales y contencioso-administrativas, así como de las acciones civiles que versen sobre la capacidad y el estado civil de las personas, salvo el reconocimiento voluntario de hijos extra matrimoniales.
Parágrafo. Las competencias previstas en el presente artículo, serán ejercidas por los jueces de paz, sin perjuicio delas funciones que para el mantenimiento del orden público se encuentren asignadas por la Constitución y la ley a las autoridades de policía.
Artículo 10. Competencia territorial. Será competente para conocer de los conflictos sometidos a su consideración el juez de paz del lugar en que residan las partes o en su defecto, el de la zona o sector en donde ocurran los hechos o el del lugar que laspartes designen de común acuerdo.
TITULO III
ELECCION, PERIODO Y REQUISITOS
Artículo 11. Elección. Por iniciativa del Alcalde o del Personero o de la mayoría de miembros del Concejo Municipal o de grupos organizados de vecinos inscritos en la respectiva circunscripción electoral municipal o distrital existente, el Concejo Municipal a través de acuerdo convocará a elecciones y determinará para elefecto las circunscripciones electorales, que sean necesarias para la elección de juez de paz y de reconsideración.
Ver Acuerdo Distrital 38 de 2001, Ver el Decreto Distrital 23 de 2002, Ver el Acuerdo Distrital 337 de 2008
Los jueces de paz y de reconsideración serán elegidos mediante votación popular por los ciudadanos de las comunidades ubicadas en la circunscripción electoral.
Los...
Regístrate para leer el documento completo.