Ruaf
|ESCUELA: Salud |PROGRAMA ACADÉMICO: Auxiliar Administrativo en Salud |
|MÓDULO DE FORMACIÓN: AFILIACIONES DEL SGSSS |
|DOCENTE: FRANCISCO MARULANDA RAMIREZ|
|FECHA: 10 de mayo de 2011 |NIVEL:AAS1 |HORARIO: 08 - 12 |
REGISTRO UNICO DE AFILIACION AL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL
RUAF
JHONATAN STIVE VASQUEZ MUÑETON
CARLOS ANDRES NAVARRO DURANGO
LUISA FERNANDA OSPINA TORRESMARIA ISABEL PALACIOS
DIANA CAROLINA PEREZ MONTES
POLITECNICO MAYOR
MEDELLIN, 10 DE MAYO DE
2011
TABLA DE CONTENIDO
Pág. 2 Portada
Pág. 3 ¿Que es RUAF?
Pág. 5 Preguntas comunes de las afiliaciones
Pág. 6 Registro único de afiliados al sistema de protección social en internet
Pág. 9 Mapa conceptual
Pág. 10 Tipos de consulta dispuestos hasta este momentoPág. 11 Las últimas publicaciones en la página del registro único de afiliados
¿QUE ES RUAF?
El REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS RUAF, es un sistema de información que contiene el registro de los afiliados al Sistema Integral de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales), a Subsidio Familiar, a Cesantías, y de los beneficiarios de los programas que se presten a través dela red de protección social, tales como los que ofrecen el Sena, ICBF, Acción Social y otras entidades, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 797 del 2003. El sistema permitirá el flujo de información entre los actores del Sistema, respetando la confidencialidad de la información y el rol de cada uno de los administradores.
Con el objeto de reglamentar el artículo 15 dela Ley 797 del mes de Enero año 2.003, sobre el SISTEMA DE REGISTRO ÚNICO, se expidió el Decreto 1637 de mayo 26 de 2006, el cual determinó las condiciones básicas para la organización y funcionamiento del Registro Único de Afiliados al Sistema de la Protección Social.
A través de la Resolución 2358 de junio de 2006, se fijaron las especificaciones técnicas para el cumplimiento de la obligaciónpor parte de las administradoras de reportar la información al Registro Único de Afiliados RUAF y se fijaron los plazos para su entrega. En particular se definieron las especificaciones técnicas de los archivos que deben reportarse y se establecieron los períodos y plazos de cargue inicial y de novedades.
Con base en los resultados de la etapa de pruebas y con el objeto de facilitar la labor delas diferentes administradoras, se decidió prorrogar los plazos de reporte de información, inicialmente a través de la Resolución 2947 de agosto de 2006 y posteriormente con la Resolución 4168 de noviembre 3 de 2006.
Igualmente, ante la necesidad de adaptar la estructura y contenido de los archivos a los nuevos requerimientos y a las condiciones identificadas en las pruebas, se actualizaron losanexos técnicos del Registro Único, por medio de la Resolución 4316 de noviembre de 2006.
Finalmente, dadas las dificultades presentadas en los procesos de validación y cargue de los archivos definitivos, se fijó un nuevo plazo de reporte de información, tanto de los archivos iniciales como de las novedades, decisión que se tomó a través de la Resolución 006 de enero 2 de 2007.
En consecuencia,se espera que durante el mes de enero de 2007, las administradoras del Ciclo 1 y el mes de febrero de 2007, las administradoras del ciclo 2, en concordancia con las fechas y las condiciones previstas en esta última Resolución se realice el cargue de los archivos iniciales.
El RUAF deberá convertirse en un instrumento que integre los diferentes componentes del Sistema General de Protección...
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