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SECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO por el que se reforman los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 y se adicionan los artículos 12, 13, 14 y 15 del Estatuto de las Islas Marías.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, asus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 Y 11 Y SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 12, 13, 14 Y 15 DEL ESTATUTO DE LAS ISLAS MARÍAS.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11y se adicionan los artículos 12, 13, 14 y 15 del Estatuto de las Islas Marías, para quedar como sigue:
ESTATUTO DE LAS ISLAS MARÍAS
Artículo 1.- Se destina el Archipiélago Islas Marías para el establecimiento de un Complejo Penitenciario como parte del Sistema Penitenciario Federal, a fin de que puedan en él cumplir la pena de prisión los sentenciados federales o del orden común quedetermine la Secretaría de Seguridad Pública.
El Complejo Penitenciario tendrá como objeto fortalecer el Sistema Penitenciario Nacional, a través de la redistribución planificada de sentenciados federales o del orden común.
En términos de lo dispuesto en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Complejo Penitenciario favorecerá los tratamientos de reinserciónsocial, en base al trabajo, la capacitación por el mismo, la educación, la salud y el deporte.
Artículo 2.- Para los efectos del presente Estatuto se entenderá por:
I. Complejo. El Complejo Penitenciario Islas Marías.
II. Secretaría. Secretaría de Seguridad Pública.
Artículo 3.- El desarrollo del Complejo se establecerá con base a las políticas y estrategias que establezca la Secretaríapara eficientar el Sistema Penitenciario Nacional.
Artículo 4.- La Secretaría determinará los perfiles clínico criminológicos y de personalidad, así como los estudios que deberán aplicarse para determinar la asignación o traslado de un sentenciado al Complejo.
Artículo 5.- La Secretaría implementará los programas, acciones y estrategias necesarias para garantizar el adecuado funcionamientodel Complejo.
Artículo 6.- La administración, organización y control del Complejo estará a cargo del servidor público, nombrado a través de la Secretaría por conducto del titular del área facultado para ello, quien contará con las áreas administrativas y de operación necesarias, conforme a las disposiciones reglamentarias que emita
la Secretaría.
Artículo 7.- En el Complejo regirá lalegislación federal.
Los actos del registro civil, estarán a cargo del servidor público designado para ello.
Artículo 8.- Como parte de los tratamientos de reinserción social, la Secretaría organizará el trabajo, el desarrollo productivo autosostenible y autosustentable, el aprovechamiento de las riquezas naturales de las Islas Marías, el comercio y demás actividades relacionadas a las anteriores.Para efectos de lo anterior, promoverá y coordinará el desarrollo de la industria penitenciaria en el Complejo, fomentando la participación de los sectores público, privado y social.
En términos de la legislación de la materia, la Secretaría realizará las acciones necesarias para la protección de la reserva de la biósfera, con la asistencia y apoyo, en su caso, de las instancias competentesen materia ambiental.
Artículo 9.- La Secretaría, por conducto del titular del área facultada para ello, podrá autorizar la residencia temporal en el Complejo de familiares de los sentenciados.
Asimismo, se podrá autorizar el ingreso y, en su caso, la permanencia temporal en éste de personas o empresas prestadoras de servicios, cuyas actividades se relacionen con los tratamientos de...
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