Régimen económico y fiscal Derecho eclesiástico del Estado
DERECHO
ECLESIÁSTICO
DEL
ESTADO
RÉGIMEN
ECONÓMICO
Y
FISCAL.
ACUERDO
DE
1979.
ICADE
3º
E1
INTERNACIONAL
Sara
Bermejo,
María
Martín,
Adela
Palacio,
Carla
de
Reygosa
&
Marta
Viñuela.
Índice
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
DE
LA
FINANCIACIÓN
DE
LAS
DISTINTAS
CONFESIONES
ACUERDO
SOBRE
ASUNTOS
ECONÓMICOS
DE
3
DE
ENERO
DE
1979
FINANCIACIÓN
DIRECTA
DE
LA
IGLESIA
CATÓLICA
RÉGIMEN
TRIBUTARIO
DE
LA
IGLESIA
MECENAZGO
3
10
18
26
35
2
EVOLUCIÓN
HISTÓRICA
DE
LA
FINANCIACIÓN
DE
LAS
DISTINTAS
CONFESIONES
1. RELIGIÓN
CATÓLICA
Durante
el
largo
período
de
tiempo
de
un
siglo
y
medio,
la
Iglesia
Católica
ha
sido
la
única
confesión
que
ha recibido
en
España
una
financiación
estatal.
Esta
ayuda
económica,
que
surgió
como
consecuencia
de
concretas
circunstancias
sociales
y
políticas,
se
mantuvo
con
diversas
variantes
a
lo
largo
de
los
siglos
XIX
y
XX;
salvo
algún
breve
período
de nuestra
historia
constitucional,
influyendo
en
gran
medida
en
el
actual
sistema
de
financiación.
La
financiación
de
la
Iglesia
Católica
aparece
mencionada
por
primera
vez,
con
el
carácter
de
una
obligación
de
los
poderes
públicos,
en
la
Constitución
progresista
de
1837.
La
Constitución
era
en
este
punto
consecuencia
de
una
larga
política
desamortizadora,
que
alcanzó
su
punto
culminante
en
la
llevada
a
cabo
por
Mendizábal,
y
tenía
la
finalidad
de
compensar
económicamente
a
la
Iglesia
por
los
bienes
expropiados.
El
sistema
elegido
para
llevar
a
la
práctica
la
financiación
estaba
basado
fundamentalmente
en
recursos
tributarios
y,
de
forma
especial,
en
el
impuesto
denominado
“contribución
del culto
y
clero”.
Porteriormente,
la
Constitución
de
1845
promulgada
durante
la
“Década
Moderada
(1844-‐
1845)
declaraba
rotundamente
-‐a
diferencia
de
la
de
1837-‐
la
confesionalidad
del
Estado,
y
reiteraba
el
compromiso
estatal
del mantenimiento
del
culto
y
los
ministros
de
la
religión
católica.
Por
su
parte,
el
Concordato
de
1851,
cuya
finalidad
básica
era
solucionar
el
problema
de
la
expropiación
de
los
bienes
eclesiásticos,
contenía
el
reconocimiento
por
la
Iglesia del
hecho
consumado
de
la
venta
de
éstos
y
el
compromiso
del
Estado
de
no
proceder
unilateralmente
a
nuevas
desamortizaciones.
Además,
establecía
un
sistema
mixto
de
dotación
a
la
Iglesia
consistente
en
recursos
de
...
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