Salario Diario Integrado Liquidacion Laboral
Conforme al artículo 84, comprenderá las cantidades entregadas al trabajador por concepto de cuota diaria, más las gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra pagada a cambio del servicio desempeñado.
¿Cómo se conforma?
No todas las prestaciones se integran al salario, pues el puntoclave es que se entreguen a cambio del servicio prestado por el trabajador como lo señala la citada disposición.
Por otra parte y bajo el criterio de los órganos jurisdiccionales en materia laboral, tampoco deben ser integradas las prestaciones no otorgadas en forma ordinaria y permanente, como se desprende de la siguiente tesis
SALARIO. PRESTACIONES QUE LO INTEGRAN. Para que un pago otorgado aun trabajador forme parte del salario, debe ser cubierto en forma ordinaria y permanente, sin que se ubiquen en tal hipótesis, las gratificaciones eventuales, inciertas o extraordinarias que recibe; es decir, las que no se le cubren necesariamente en forma periódica, sino solo cuando logra reunir determinados requisitos que pueden o no integrarse; como acontece verbigracia, con los premios que seotorgan cada año en una empresa, a quienes no tengan una falta injustificada durante ese período. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Amparo directo 91/90. Celedonio Esparza Betancourt. 23 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Gerardo Abud Mendoza.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo: V Segunda Parte-1,Instancia: Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, Página: 456.
Dentro de los conceptos más comunes cubiertos por las empresas se encuentran los contenidos en el siguiente cuadro, en el cual se puede observar si deben o no integrarse, incluyendo los comentarios respectivos y en algunos de ellos, criterios jurisdiccionales dictados al particular.
1) Sirve de sustento, la siguientetesis:
HORAS EXTRAS. CUÁNDO INTEGRAN EL SALARIO. Si el trabajador acreditó dentro del juicio laboral que percibió en forma permanente las cantidades que la empresa demandada identifica como correspondientes a tiempo extra ocasional y se evidencia que en realidad no se trata de un pago derivado de circunstancias extraordinarias, sino de circunstancias permanentes, pues se trata de trabajos asignadosnormalmente a una categoría determinada, se impone concluir que dicho pago forma parte del salario, pues no puede considerarse que corresponda a tiempo extra, aunque se le llame tiempo extra ocasional. Esto es, independientemente de la denominación que se dé al concepto del pago, si el trabajador tiene incorporado a su salario el llamado tiempo extra como pago normal y constante, debe entenderseque sí forma parte del salario, por ser una percepción regular, fija, que constituye real y auténtico salario, en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 10571/93. José Alfredo López Albor y otros. 10 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello.Secretario: Francisco O. Escudero Contreras. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima época, Quinta Parte, Volúmenes 103-108, pág. 39.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Parte: XIV-septiembre, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis: I. 1o. T. 444 L, pág. 339.
(2) Al respecto, los Tribunales Federales establecieron la siguiente jurisprudencia:INCENTIVO O BONO TRIMESTRAL. FORMA PARTE DEL SALARIO DEL TRABAJADOR Y ES IRRENUNCIABLE. El salario es una institución fundamental del derecho del trabajo que representa la base del sustento material de los trabajadores. La prestación denominada incentivo o bono trimestral que de manera regular e invariable se entrega al trabajador por razón del trabajo desempeñado, forma parte de su salario...
Regístrate para leer el documento completo.