salarios
En el decreto 3976, del año 1946, seaprueba elreglamento interior de la comisión nacional de salarios que establece dicha ley. Esta última ley, como la 1024 que deroga, faculta al Poder Ejecutivo, por órgano delComitéNacional de Salarios, para adoptar las medidas que conduzcan a asegurar a las clases trabajadoras del país, un salario mínimo en las diversas actividades agrícolas,industriales,comerciales o de cualquier otra naturaleza a que se dediquen, así como para establecer salarios básicos de carácter general; cambia el nombre de comité , el cual envez de Comité Nacionalpara Regularizar los Salarios, denomina Comité Nacional de Salarios, modifica sus integrantes incorporando representantes sindicales, obreros ypatronales y dicta otras disposiciones.Comisión Nacional de Salarios Mínimos
El Comité Nacional de Salarios es el organismo encargado del establecimiento de los salariosmínimos en la república dominicana. Fue decretado bajo la ley 512-97, el diez de diciembre de 1997. Está integrado conforme a lo dispuesto en el artículo 452 hasta el artículo 464del Código de Trabajo. Está integrado por el Poder Ejecutivo, y por los vocales especiales que en representación de patronos y trabajadores serán designados por el DirectorGeneral entre los candidatos recomendados por tales fines por los patronos o sus organizaciones y por los trabajadores o sus sindicatos y un contador público autorizado.
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