Salida
Los oficiales Generales en retiro podrán utilizar el uniforme en las fiestas patrias, actos del servicioespecialmente convocados y en los actos sociales oficiales en que se exija traje de etiqueta. Para las mismas ocasiones, el Director General de la Policía Nacional podrá permitir el uso del uniforme alpersonal uniformado que así lo solicite.
PARAGRAFO 1. El Ministro de Defensa queda facultado para autorizar el uso del uniforme policial al personal uniformado en uso de buen retiro que desempeñe cargosen la Administración Pública, cuando tal uso se considere necesario o conveniente para el apropiado desempeño de dichos cargos.
PARAGRAFO 2. El uso del uniforme obliga a la observancia de las normasreglamentarias sobre su porte y somete a quien lo utilice a las correspondientes acciones correctivas o disciplinarias. El personal que vista el uniforme con la debida autorización, tiene derecho alos honores para su grado pero no podrá ejercer el mando dentro de la Institución policial.
ARTÍCULO 86. PROHIBICION USO DEL UNIFORME EN ESTADO DE SEPARACIÓN. El personal uniformado separado de laPolicía Nacional en forma absoluta perderá el derecho de usar el uniforme, las condecoraciones y los distintivos que le hubieren conferido. Al ser separado en forma temporal, se le suspenderá el mismoderecho durante el lapso de la separación.
ARTÍCULO 87. PROHIBICION DEL USO DEL UNIFORME FUERA DEL PAÍS. El personal uniformado de la Policía Nacional que viaje al exterior en vacaciones, licencia oasuntos particulares no podrá utilizar el uniforme policial mientras permanezca en territorio extranjero, a menos que cuente con autorización expresa del Ministro de Defensa Nacional.
ARTÍCULO 88....
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