Salud Ocupacional
ADOPTAN PARA EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE LA NEUMOCONIOSIS LOS LINEAMIENTOS DE LA CLASIFICACIÓN RADIOGRÁFICA INTERNACIONAL DE LA OITResolucion Suprema Nº 014-93-TR
Lima, 23 de agosto de 1993 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-72-TR,reconoce como enfermedad profesional a la Neumoconiosis;
Que, resulta necesario codificar las anormalidades radiográficas del tórax provocadas por la inhalación de polvos en ambientes de trabajo, parafines de investigación, control y vigilancia epidemiológica, comparación estadística y registro sistemático de la información a nivel nacional;
Que, en consecuencia, es conveniente señalar laspautas pertinentes, adoptando las de la Clasificación Internacional de Neumoconiosis de la Organización Internacional de Trabajo, Edición 1980; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Adóptase para la evaluación y diagnóstico de la Neumoconiosis en el país, las pautas y criterios señalados en los Lineamientos de la ClasificaciónRadiográfica Internacional de la Neumoconiosis de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), Edición 1980, estableciéndose la siguiente escala de profusión de imágenes radiográficas:
SINNEUMOCONIOSIS 0/0
SOSPECHA DE NEUMOCONIOSIS 1/0
CON NEUMOCONIOSIS 1/1 1/2 UNO 2/1 2/2 2/3 DOS 3/2 3/3 3/ + TRES 4A - 4B = 4C CUATRO
CERO
Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Salud Ocupacional, losservicios médicos asistenciales del Ministerio de Salud, el Instituto Peruano de Seguridad Social y las demás instituciones públicas y privadas vinculadas con la salud ocupacional, obligatoriamenteestablecerán el Registro Unico de Neumoconiosis de origen profesional, con el objeto de elaborar la información estadística a nivel nacional.
Artículo 3º.- Los trabajadores con diagnóstico...
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