Salud ocupacional
Libertad y Orden
Para responder a este documento, favor citar este número: 8025-1-0317784 Bogotá D.C.,
Señora Maria Alejandra Alvarez Ramirez SIN DIRECCION PUBLICADO SNS Neiva, Huila Referencia:
Incapacidad superior a 180 días
Respetada señora María Alejandra: Con relación a su comunicación de la referencia el Despacho leprecisa lo siguiente: 1. La ley 100 de 1993, expresamente prescribió que el Sistema General de Seguridad Social en Salud deberá reconocer y pagar el subsidio económico por incapacidad temporal derivada de enfermedad general conforme a las normas vigentes. Para los trabajadores del sector privado y los trabajadores oficiales el Código Sustantivo del trabajo regula la prestación económica por incapacidadtemporal y allí no hace distinción ninguna sobre el tipo de patología que genere la incapacidad temporal para el trabajador. 2. Si la prescripción de la incapacidad temporal la da al trabajador el médico tratante adscrito a la EPS, o autorizado por dicha EPS para tratar al trabajador, a la EPS le corresponde cubrir el subsidio económico por incapacidad temporal generada en enfermedad general noimporta cual fuere la patología general que genere esta incapacidad, pues lo que se tiene en cuenta es el hecho de que el trabajador no puede realizar sus actividades laborales y como consecuencia se enfrenta a una contingencia de carácter económico que la Seguridad Social en Salud debe entrar a conjurar, pues conforme al principio de integralidad que orienta al Sistema de Seguridad Social enSalud, incluye la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. De acuerdo con la reglamentación legal, el Sistema General de Seguridad Social en Salud (EPS) reconoce y paga el subsidio económico por incapacidad temporal generada en enfermedad general hasta por 180 días continuos. De ahí en adelante, si eltrabajador no puede reintegrarse a sus actividades laborales o no puede ser reubicado laboralmente, dada su incapacidad laboral, debe ser evaluado por la Junta de Calificación de Invalidez con el objeto de que los demás sistemas de Seguridad Social le cubran las prestaciones a que hubiere lugar conforme a la ley. 3. Para que una Entidad Promotora de Salud ( EPS ) reconozca y pague el subsidioeconómico por incapacidad temporal generada en enfermedad general o accidente de origen no profesional, es necesario acreditar los siguientes requisitos:
Carrera 13 No. 32 – 76. PBX: 3300210. FAX: 2835555 www.supersalud.gov.co. Bogotá, Colombia
República de Colombia Superintendencia Nacional de Salud
Libertad y Orden
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Que al momento en que se le prescriba la incapacidadtemporal al trabajador, el empleador se encuentre al día en el pago de los aportes a la EPS por todos sus trabajadores. ( Art. 21 Decreto 1804 de 1999). No tener deuda con las Entidades Promotora de Salud al momento en que se prescriba la incapacidad al trabajador.. Que el trabajador haya cotizado al Sistema General de seguridad Social en Salud un mínimo de cuatro semanas ininterrumpidas ( Art. 3Decreto 047 de 2000). Haber pagado oportunamente los aportes por lo menos cuatro ( 4 ) meses de los seis meses anteriores a la fecha en que se le prescribe al trabajador la incapacidad temporal. Solamente se permite que los aportes correspondientes a dos meses dentro de los seis meses anteriores a la fecha en que al trabajador se le prescribe la incapacidad temporal se hayan pagado de maneraextemporánea. Por pago oportuno de aportes se entiende el que se hayan hecho en los plazos que establece el Decreto 1406 de 1999. ( Art. 21 Decreto 1804 de 1999) Pagar los aportes cumplidamente durante el periodo en que la trabajador se encuentre incapacitado. Que el número de días de incapacidad sea superior a tres días ( Art. 40 Decreto 1406 de 1999) e inferior a 180 días continuos. Que la incapacidad...
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