salud ocupacional
Por la que se reglamenta el ejercicio de la cosmetología, definiéndola como el conjunto de conocimientos, prácticas y actividades de embellecimiento corporal, expresión de laautoestima y el libre desarrollo de la personalidad, cuyo ejercicio implica riesgos sociales para la salud humana.
La cosmetología tiene por objeto la aplicación y formulación de productoscosméticos y la utilización de técnicas y tratamientos con el fin de mantener en mayor forma el aspecto externo del ser humano. Igualmente, define al cosmetólogo como la persona que en forma exclusiva yprevia preparación, formación y acreditación en una institución especializada y reconocida, se dedica a esta ocupación con plena conciencia de la responsabilidad personal que entraña su ejercicio, asícomo de la calidad, eficacia, seriedad y pureza de los productos que emplea, recomienda o utiliza en su actividad.
Resolución 3924 de 2005:
Artículo 1º. Adoptase, con carácter obligatorio, la "Guíade Inspección para la Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y Similares" la cual se encuentra contenida en el anexo técnico que forma parte integral de la presente resolución.Parágrafo. El Ministerio de la Protección Social actualizará la "Guía de Inspección para la Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y Similares", de conformidad con el desarrollo de la tecnologíapara uso en estética y para tal efecto, publicará un instructivo para los funcionarios encargados de la inspección, vigilancia y control.
Artículo 2º. Vigencia y derogatorias. La presenteresolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el literal t) del numeral 1 del artículo 5º de la Resolución 2263 de 2004.
Resolución 797Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos, Aprobar el siguiente Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos...
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