salud
MEDICINA PREPAGADA
¿A QUE SE DEDICA?
La entidades de medicina prepagada se encuentran regulados por el artículo 6º del Decreto, y son específicamente la promoción de la salud y prevención de la enfermedad; consulta externa, general y especializada, en medicina diagnóstica y terapéutica; hospitalización; urgencias; cirugía; exámenes diagnósticos y odontología. Estos servicios podrán serprestados en forma directa por la empresa o a través de profesionales de la salud; instituciones de salud adscritas o a través de la libre elección por parte del usuario.
Las empresas de medicina prepagada en funcionamiento para la fecha de entrada en vigencia del Decreto 1.570 debían acreditar, a más tardar el 31 de diciembre de 1994, que el monto absoluto de su patrimonio pagado y reserva legalascendía como mínimo a ochocientos millones de pesos, acreditando el 50 % de este valor a junio de 1994. Para las empresas que pretendan funcionar a partir de la vigencia del referido Decreto, el patrimonio mínimo será de diez mil salarios mensuales legales mínimos vigentes que se deberán acreditar íntegramente para obtener el certificado de funcionamiento. Se establece, por lo que respecta alpatrimonio y a la reserva legal, un sistema progresivo, aplicable tanto a las empresas constituidas antes de la vigencia del Decreto como las que se creen con posterioridad, en el cual en la medida que se incrementa el número de afiliado debe incrementarse el patrimonio y la reserva legal (artículo 7).
Continuando con el tema del patrimonio de las empresa de medicina prepagada, el artículo 8 delDecreto 1.570, estatuye la facultad de la Superintendencia Nacional de Salud de ordenar la capitalización de las referidas empresas cuando el patrimonio de la mismas ha caído por debajo de los límites mínimos establecidos en las disposiciones legales correspondientes o en sus estatutos, afectándose gravemente la continuidad de la empresa en la prestación del servicio. Igualmente el Órgano de controlpuede ordenar la reducción del patrimonio cuando por motivo de pérdidas se reduzca el valor del capital pagado, sin que esta reducción afecte el límite mínimo del patrimonio establecido en el Decreto.
Las empresas de medicina prepagada deben constituir para el adecuado funcionamiento y prestación del servicio, una reserva legal que ascenderá al 50 % del capital suscrito, formada con el 10 % delas utilidades líquidas de cada ejercicio. La reducción de la referida reserva legal sólo será procedente cuando tenga por objeto enjugar pérdidas acumuladas que excedan del monto total de las utilidades obtenidas en el correspondiente ejercicio y de las no distribuidas de ejercicios anteriores o cuando el valor liberado se destine a capitalizar la entidad mediante la distribución de dividendos enacciones.
Las sociedades de medicina prepagada deben, de conformidad con el artículo 10 del Decreto 1.570, para el adecuado funcionamiento y prestación del servicio, tener un margen de solvencia equivalente al quince por ciento (15 %) del promedio mensual de los gastos médicos asistenciales que hubieran tenido durante los seis meses calendario anteriores.
Otra de las materias importantes queregula el Decreto 1.570, es el establecimiento en forma expresa de las condiciones mínimas que debe cumplir el contrato de medicina prepagada. El artículo 15 estatuye como condiciones mínimas las siguientes:
- Redacción clara, en idioma castellano, y de fácil comprensión para los usuarios. Por tanto, los caracteres tipográficos deben ser fácilmente legibles;
- El contrato debe tener mención expresasobre su vigencia, el precio acordado, su forma de pago, el nombre de los usuarios y la modalidad de aquel;
- Serán anexos obligatorios de cada contrato, la solicitud del contratante y las declaraciones del estado de salud de los usuarios;
- El contrato debe llevar las firmas de las partes contratantes;
- De cada contrato suscrito debe quedar copia para el contratante, sin perjuicio de la...
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