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Época: Décima Época
Registro: 2003402
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de laFederación y su Gaceta
Localización: Libro XIX, Abril de 2013 Tomo 3
Materia(s): Administrativa
Tesis: XIII.P.A.2 A (10a.)
Pag: 2284
REVOCACIÓN EN MATERIA FISCAL. PARA EFECTOS DEAPORTAR A ESE RECURSO LA CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN DEL ACTO IMPUGNADO COMO PARTE DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DEL CUAL EMANÓ ÉSTE, LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA,EN ACATAMIENTO AL PRINCIPIO PRO HOMINE O PRO PERSONAE, DEBEN APLICAR LOS ARTÍCULOS 2o., FRACCIÓN VI Y 24 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE SOBRE LOS NUMERALES 122 Y 123 DEL CÓDIGOFISCAL DE LA FEDERACIÓN.
Acorde con el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con laConstitución y con los tratados internacionales de la materia "favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia", lo que se conoce como principio pro homine o pro personae. Ahorabien, de los artículos 122 y 123 del Código Fiscal de la Federación se advierte que al escrito de interposición del recurso de revocación debe acompañarse la constancia de notificación del actoimpugnado, excepto cuando el recurrente declare bajo protesta de decir verdad que no la recibió o cuando aquélla se haya realizado vía correo certificado o se trate de negativa ficta; que en caso de que elrecurrente no acompañe el indicado documento, la autoridad fiscal lo requerirá para que lo presente dentro del plazo de cinco días y, si no lo hace, tendrá por no interpuesto el recurso. Por su parte,los numerales 2o., fracción VI y 24 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente señalan que los contribuyentes tienen derecho de no aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la...
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