san jose

Páginas: 15 (3726 palabras) Publicado: 16 de octubre de 2013
Sala Quinta de Revisión
Referencia: Expediente T-471.273
Accionante: Juan Mauricio Uribe Bedoya.
Demandado: Carlos Guillermo Patiño, Coordinador de Disciplina, y Hermes Galileo, Coordinador del Grupo Undécimo F del Liceo Antonio Nariño.
Tema: Libre desarrollo de la personalidad.
Magistrado Ponente: 
Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL.
Bogotá, D.C., octubre doce (12) de dos mil uno (2001).
La SalaQuinta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Rodrigo Escobar Gil - presidente -, Marco Gerardo Monroy Cabra y Eduardo Montealegre Lynett, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales
EN NOMBRE DEL PUEBLO
Y
POR MANDATO DE LA CONSTITUCION
Ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
Dentro del proceso de tutela identificado con el número de radicaciónT-471.273, instaurado por Juan Mauricio Uribe Bedoya, contra Carlos Guillermo Patiño, Coordinador de Disciplina y Hermes Galileo, Coordinador del Grupo Undécimo F del Liceo Antonio Nariño.
I.  ANTECEDENTES.
1. La solicitud.
El actor mediante escrito de mayo 7 de 2001, interpuso acción de tutela en contra de Carlos Guillermo Patiño, Coordinador de Disciplina y Hermes Galileo, Coordinador del GrupoUndécimo F del Liceo Antonio Nariño, por considerar vulnerado su derecho al libre desarrollo de la personalidad, como consecuencia de la manifestación de los demandados, por virtud de la cual, se le indicó que la asistencia a clases dependía de la inutilización de un arete.
2. Los hechos.
1. El actor interpuso por intermedio del Personero Municipal de Puerto Berrío, acción de tutela, cuyo origenes la solicitud radicada ante el citado funcionario, el día 4 de mayo de 2001.
2.2. El demandante relata que a comienzos del año lectivo 2001, acudió al Liceo Antonio Nariño, con un “piercing” (arete que utiliza en las cejas). Afirma, que en un inicio nadie en la institución educativa le prohibió su uso, aunque le aconsejaban desistir en su utilización.
 
2.3. Para el mes de febrero de 2001,el Coordinador de Disciplina, señor Carlos Guillermo Patiño, le manifestó que el arete, era un elemento estrafalario que vulneraba las disposiciones del Manual de Convivencia del Colegio, y que por lo tanto, para poder acudir a clases debía despojarse del citado objeto.
2.4. El tutelante sostiene que continuó acudiendo a las aulas, y que posteriormente, el señor Hermes Galileo, Director del GrupoUndécimo F de la institución, le pidió exactamente lo mismo que el Coordinador de Disciplina, es decir, abstenerse de utilizar el arete en las cejas.
2.5. Sostiene el actor, que accedió a suspender el uso del “piercing”, ya que su prioridad es estudiar. No obstante, considera que con la actuación de los demandados se vulneró su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
3. Fundamento de laacción.
El peticionario fundamenta su pretensión, en el siguiente aparte extraído de la sentencia T-065 de 1993: “...los reglamentos estudiantiles, al igual que todos los ordenamientos internos de entidades privadas o públicas, deben estar acordes, en su contenido, con los valores, principios y derechos consagrados en la Constitución colombiana. Las entidades educativas no pueden negar el núcleoesencial del derecho fundamental al servicio público de la educación con fundamento en la aplicación de normas que atentan contra principios y derechos tales como el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana y la tolerancia...”. 
 
II. DECISIONES JUDICIALES QUE SE REVISAN
1. Unica instancia.
De la acción conoció el Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Berrío, el cual medianteSentencia proferida el 21 de mayo de 2.001, decidió denegar la tutela interpuesta, con fundamento en las siguientes consideraciones:
1.1. No encuentra vulneración alguna del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad, ya que la orden que limitó el uso del arete al alumno, se realizó con respeto, y sin colocarlo en ridículo. 
1.2. Sostiene el juzgador, que simplemente los...
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