Sanciones al rut
1. Sanción por no inscribirse en el Registro Unico Tributario, RUT, antes del iniciode la actividad, por parte de quien esté obligado a hacerlo.
Se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mesde retraso en la inscripción, o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina.
2. Sanción por noexhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el Registro Unico Tributario, RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del IVA.
Se impondrá la clausura delestablecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de tres (3) días.
3. Sanción por no actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización, por partede las personas o entidades inscritas en el Registro Unico Tributario, RUT.
Se impondrá una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando ladesactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información.
4. Sanción porinformar datos falsos, incompletos o equivocados, por parte del inscrito o del obligado a inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT.
Se impondrá una multa equivalente a cien (100) UVT.
Estoaplica para toda persona que desarrolle cualquier actividad económica, así pertenezca al régimen simplificado. Así por ejemplo, si una señora madre, cabeza de familia que en una esquina de la calletiene un espacio para vender comidas rápidas, de la cual obtiene unos ingresos diarios de $10.000, está en la obligación de inscribirse en el Rut, de lo contrario se expone a que algún funcionario de la...
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