sanciones pecunarias

Páginas: 11 (2512 palabras) Publicado: 3 de enero de 2014
PREGUNTAS RELACIONADAS AL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
PECUNIARIAS

1. ¿La sanción por declaración patrimonial tardía se aplica a la más tardía o una sola por
el total de meses?
En caso de existir varias declaraciones patrimoniales presentadas fuera de plazo, se aplicará
una sanción por cada obligación presentada de manera tardía.
Las cuantías que se establecen porpresentación tardía de declaración patrimonial son por mes
o fracción de mes y de acuerdo al noveno dígito del ruc o C.I., es decir por ejemplo:
Si el día para la presentación de acuerdo al noveno dígito del ruc fue el 12 de marzo y el
contribuyente presentó la declaración el 14 de mayo:
Tiempo de retraso:
Del 13 de marzo al 12 de abril --- 1 mes
Del 13 de abril al 12 de mayo ---- 1 mes, por tantoson 2 meses
Del 13 de mayo al 14 de mayo--- fracción de mes se considera con mes completo por tanto son
3 meses de retraso.
Deberá liquidarse por retraso de 3 meses, es decir si se liquida sin notificación de la
administración tributaria y de acuerdo al instructivo en el cuadro de cuantías de multa por
presentación tardía de declaración patrimonial, se toma 3er. Mes (columna (5.4.1)), deberápagar USD. 50
2. ¿Puede existir al mismo tiempo sanción pecuniaria por contravención y por falta
reglamentaria?
Una misma infracción puede estar definida como contravención y falta reglamentaria; sin
embargo, al momento de aplicar la sanción, en ningún caso se sancionará dos veces por la
misma falta. En caso de existir doble categorización de la infracción, se aplicará la sanción más
leve.3. Si la empresa tiene muchas faltas reglamentarias, ¿existe algún límite de monto de
pago o se debe pagar por cada una de ellas?
A cada infracción corresponde una sanción. La AT está facultada a sancionar todas las
infracciones cometidas por los contribuyentes.
4. En la página web del SRI han salido varios instructivos, entre uno y otro hay
diferencias. ¿Cuál instructivo deberíamos aplicar?Existe un solo instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias, que se publicó en el
registro oficial no. 553 el 11 de octubre de 2011; y fue reformado mediante registro oficial no.
602 del 22 de diciembre de 2011. Las normas que se deben aplicar son las que incluyen las
reformas a diciembre de 2011.

5. ¿Existe sanción cuando una persona natural se ha olvidado de realizar sudeclaración
patrimonial?
En efecto si el contribuyente tiene la obligación de presentar su declaración patrimonial y no lo
hace, se verá sujeto a un proceso sancionatorio.
6. Si se notifica por parte de la administración tributaria un inicio sumario por falta
reglamentaria (por no hacer firmar 1 factura) ¿La multa es por esa única factura?
La falta que se sancionaría en este caso será únicamentepor el error de llenado cometido en el
comprobante de venta, no se puede hacer extensiva la aplicación de una sanción, se sanciona
estrictamente la omisión a la norma tributaria que deriva en una infracción.
7. Si tengo impuesto a pagar en el formulario 104, calculo interés por mora y multa,
¿también debo pagar multa por presentación tardía?
El instructivo para la aplicación de sancionespecuniarias, es aplicable para declaraciones en
cero. En caso de existir valores a pagar, las multas se calcularán de conformidad con lo
establecido en el artículo 100 de la LORTI.

8. ¿Por qué si menciona que la multa máxima para una persona natural es de USD
$62,50, le aplicaron una multa de USD $1300 a una persona natural por no haber
hecho su declaración patrimonial a tiempo?
Las infraccionesde falta de presentación o presentación tardía de declaración patrimonial
tienen dentro del instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias un apartado especial.
En la última tabla del numeral 5.4 se indican las multas por omisidad en declaración
patrimonial juzgada por la administración tributaria, la misma que depende del total de activos
que posea el sujeto pasivo; sin embargo,...
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