Sanciones y Penas
Aplicación de sanciones
Artículo 53. Quedan obligadas todas las personas residentes o transeúntes en el territorio nacional a atender los requerimientos que le hicieren losorganismos del Estado en aquellos asuntos relacionados con la seguridad y defensa de la Nación, su incumplimiento acarreará la aplicación de sanciones civiles, penales, administrativas y pecuniariasde acuerdo a lo previsto en el ordenamiento legal vigente.
Obligación de suministrar datos o información
Artículo 54. Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como losfuncionarios públicos que tengan la obligación de suministrar los datos e informaciones a que se refiere la presente Ley y se negaren a ello, o que las dieren falsas, serán penados con prisión de dos (2)a cuatro (4) años, en el caso de los particulares, y de cuatro (4) a seis (6) años en el caso de los funcionarios públicos.
Reserva de divulgación o suministro de datos o información
Artículo 55.Todos aquellos funcionarios o funcionarias, que presten servicio en cualquiera de los órganos del Poder Público o cualquier institución del Estado y divulguen o suministren datos o informaciones acualquier particular o a otro Estado, comprometiendo la seguridad y defensa de la Nación, serán penados con prisión de cinco (5) a diez (10) años.
Incumplimiento al régimen especial de las zonas deseguridad
Artículo 56. Cualquiera que organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de seguridad, que estén dirigidas a perturbar o afectar la organización yfuncionamiento de las instalaciones militares, de los servicios públicos, industrias y empresas básicas, o la vida económico social del país, será penado con prisión de cinco (5) a diez (10) años.las Sanciones y Penas que se aplican a las personas naturales y jurídicas, funcionarios públicos, así como extranjeros que se encuentren en el territorio nacional por el incumplimiento de:
1. Los...
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