Saneamiento procesal

Páginas: 44 (10777 palabras) Publicado: 20 de julio de 2010
CENTRO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL
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EJECUTORIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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SENTENCIAS DEL TRIBUNAL EN MATERIA PREVISIONAL EXP. N.° 494-99-AA/TC
LIMA SUMILLA: CARÁCTER TUTELADOR DE LAS ACCIONES DE GARANTIA

Encontrándose el demandante percibiendo una pensión de jubilación dentro del Sistema Nacional de Pensiones; la pensión mínima que solicita en el petitorio de su demanda, amparándose en el artículo 1° de la Ley N.° 23908, significa la constitución de unnuevo derecho, que no puede ser establecida a través del presente proceso constitucional de amparo, por cuanto no se ha configurado el “estado anterior” que permita la reparación del derecho constitucional vulnerado, razón por la que teniéndose en cuenta su naturaleza jurídica, no resulta ser la vía idónea para solicitar el incremento de una pensión de jubilación, toda vez que no genera derechosni modifica los otorgados de acuerdo a las normas legales correspondientes, sino que sirve para cautelar los derechos existentes, caso contrario, se devirtuaría su carácter eminentemente tutelador (reparador) de los derechos constitucionales, por lo que en consecuencia no resulta de aplicación lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 200 de la Constitución Política del Estado..

GENARO GLORIOSOANDRADE RAMOS

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, reunido el Tribunal Constitucional en sesión de Pleno Jurisdiccional, con asistencia de los señores Magistrados: Acosta Sánchez, Presidente; Díaz Valverde, Vicepresidente; Nugent y García Marcelo, pronuncia sentencia: ASUNTO: Recurso Extraordinariointerpuesto por don Genaro Glorioso Andrade Ramos contra la Resolución expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada en Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas setenta y tres, su fecha diecinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve, que declaró improcedente la demanda de Acción de Amparo. ANTECEDENTES: Don Genaro Glorioso Andrade Ramos, con fecha veintitrésde setiembre de mil novecientos noventa y ocho, interpone demanda de Acción de Amparo contra la Jefa de la Oficina de Normalización Previsional, solicitando que se ordene a la demandada a efectos de que cumpla con reajustar el monto de su pensión en estricta aplicación de la Ley N.° 239081, pues considera que el monto actual que percibe resulta diminuto con relación a lo que debe

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Artículo1.- Fijase en una cantidad igual a tres sueldos mínimos vitales establecidos por la actividad industrial en la Provincia de Lima, el monto mínimo de las pensiones de invalidez y jubilación a cargo del Sistema Nacional de Pensiones.

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corresponderle de acuerdo a dicha norma legal. Considera que se ha vulnerado su derecho a la seguridad social, por ser pensionista del régimen regulado por el Decreto Ley N.° 19990. El apoderado de la Oficina de Normalización Previsional contesta la demanda manifestando que el demandante, al pretender que se le incremente su pensión, estaría solicitando que se le otorgue underecho pensionario y no la restitución al estado anterior de un derecho constitucional que hubiera sido vulnerado, para lo cual no resulta ser idónea la Acción de Amparo. Agrega que de acuerdo al Decreto Supremo N.° 057-90-TR, el Decreto Legislativo N.° 757, el Decreto Ley N.° 25872 y el N.o 25876, en forma reiterativa estas han prohibido los sistemas de reajuste automático de las pensiones. El...
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