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Núm. 232
Martes 27 de septiembre de 2011
Sec. I. Pág. 101835
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
15160
Real Decreto 1329/2011, de 26 deseptiembre, de disolución del Congreso de
los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución y de conformidad
con lo previstoen el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunióndel día 26 de septiembre de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Disolución del Congreso de los Diputados y del Senado.
Quedan disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el día 9 de
marzode 2008.
Artículo 2. Convocatoria de elecciones.
Se convocan elecciones a ambas Cámaras, que se celebrarán el domingo 20 de
noviembre de 2011.
Artículo 3. Diputados y Senadores que corresponden acada circunscripción.
1. En aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del
Régimen Electoral General, el número de Diputados correspondiente a cada
circunscripción esel que se acompaña en el anexo.
2. En aplicación del artículo 165 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del
Régimen Electoral General, en cada circunscripción provincial se eligen 4 Senadores;en
las circunscripciones insulares se eligen tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; y uno
en Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
Las poblaciones deCeuta y Melilla eligen cada una de ellas dos Senadores.
Artículo 4. Campaña electoral.
La campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del viernes 4
de noviembre y finalizandoa las veinticuatro horas del viernes 18 de noviembre.
Artículo 5. Reunión constitutiva de las Cámaras.
Celebradas las elecciones convocadas por este real decreto, las Cámaras resultantes
se...
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