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Páginas: 5 (1005 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2013
“Esta Sala de la Corte, de tiempo atrás, ha sido del criterio de la impertinencia de la
admisión de demanda y trámite de proceso laboral, contra Embajadas de países
extranjeros acreditados en Colombia, bajo el argumento de que ello contrariaría los
la
interpretación del artículo 31 de la Convención de Viena de 1961, aprobada por el
Estado Colombiano a través de la Ley 6ª de 1972, quepredica la existencia de la
inmunidad de jurisdicción en materia laboral, al equiparar la jurisdicción del trabajo a
la civil, y que la citada Convención se encargó de regular; la segunda, según la cual el
derecho laboral goza de plena autonomía como disciplina jurídica, por lo que, al no
aparecer mencionada dentro de las consagradas en la Convención de Viena, en una
interpretaciónrestrictiva de la norma, se podía, válidamente, someter a la jurisdicción
del trabajo, el conocimiento de los asuntos laborales que comprometieran a agentes
diplomáticos extranjeros. Así, esta última recibió aceptación de la Sección Primera de
la Sala, en providencia del 9 de julio de 1986, en la que, después de reproducir las
competencias otorgadas a la Sala de Casación Laboral y su similarcivil, por las normas
legales de procedimiento, y el 151 - 3 de la anterior Constitución Nacional, dijo:
“"La norma internacional aplicable, o sea la Convención de Viena sobre relaciones
diplomáticas hecha en Viena el 18 de abril de 1961 y aprobada por Colombia mediante
la Ley 6ª de 1972, consagra únicamente la inmunidad de los agentes diplomáticos en
materia Penal - sin excepción alguna- y la inmunidad frente a la jurisdicción Civil y
administrativa con algunas excepciones (artículo XXX Convención).
“Debe tenerse en cuenta que, de acuerdo con una regla universal de lógica jurídica, las
excepciones (a lo cual equivale la exención o inmunidad) deben ser expresas y taxativas,
y están sujetas a la interpretación restrictiva. Entonces, si la citada Convención de
Vienahubiese querido consagrar la inmunidad diplomática en relación con la
jurisdicción laboral o del trabajo, así lo hubiera consagrado expresamente."
2 de julio de 1987, la Sala Plena de Casación Laboral rectificó la tesis,
con las siguientes reflexiones, pertinentes:

"(…) los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno colombiano gozan de
inmunidad frente a toda especie de litigiosentre particulares, sean ellos mercantiles,
laborales o puramente civiles, desde luego que, cuando el artículo XXXI de la
Convención emplea las palabras "jurisdicción civil" no es para restringir el término "civil" al ámbito exclusivo de ese derecho sino para diferenciar la rama de la justicia que
dirime los conflictos de intereses que se presenten dentro del ámbito de las leyes que
regulanlas conductas recíprocas de los habitantes del país en el aspecto patrimonial y
del estado civil de las personas, de aquellas otras ramas de la justicia que tienen a su
cargo reprimir los delitos o juzgar sobre la validez de los actos o hechos de la
Administración Pública."

"De lo anterior se desprende necesariamente que conforme a las disposiciones que
acaban de mencionarse, estaSala carece de competencia para conocer de la presente
demanda, por cuanto el agente diplomático extranjero contra el cual se dirige goza de
inmunidad ante la justicia del trabajo, como parte que es manifiestamente de la
llamada "jurisdicción civil".
"Si a ello se agrega que dicha demanda no se refiere siquiera a unos presuntos servicios
prestados personalmente al Embajador Guillespie sinoa unas labores cumplidas en
beneficio de una agencia oficial de gobierno extranjero, esa demanda viene a equivaler
un intento de que la justicia colombiana, cuyo ámbito se circunscribe al de nuestro
propio territorio, llame a juicio al gobierno de otro Estado soberano y eventualmente
profiera sentencia contra él como consecuencia de actos oficiales de aquel país
extranjero, intento...
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