sdfsgtfwe

Páginas: 14 (3341 palabras) Publicado: 27 de marzo de 2013
PRESUPUESTOS PROCESALES PARA LA INTERPOSICIÓN DE UNA DEMANDA DE AMPARO CONTRA AMPARO.
SENTENCIA EMITIDA EN EL EXPEDIENTE N° 02576-2010-PA (03/03/11).
Que de acuerdo a lo señalado en el Expediente N.º 4853-2004-AA/TC y bajo el marco de lo establecido por el Código Procesal Constitucional, el proceso de amparo contra amparo procede cuando: a) la vulneración constitucional resulte evidente omanifiesta; b) su habilitación sólo opera por una sola y única oportunidad; c) resulta pertinente tanto contra resoluciones judiciales estimatorias como contra las desestimatorias; d) su habilitación se condiciona a la vulneración de uno o más derechos constitucionales independientemente de la naturaleza de los mismos; e) procede en defensa de la doctrina vinculante establecida por el TribunalConstitucional; f) se habilita en defensa de los terceros que no han participado en el proceso constitucional cuestionado y cuyos derechos han sido vulnerados, así como respecto del recurrente que por razones extraordinarias no pudo acceder al agravio constitucional; g) sí es pertinente como mecanismo de defensa de los precedentes vinculantes establecidos por el Tribunal Constitucional (STC N.º03908-2007-PA/TC, fundamento 8); y h) no procede en contra de las decisiones emanadas del Tribunal Constitucional.

EXP. N.° 02576-2010-PA/TC
LIMA
FE AUGUSTO RUÍZ NIZAMA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 3 días del mes de marzo de 2011, el Tribunal Constitucional en sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados Mesía Ramírez, Álvarez Miranda, VergaraGotelli, Beaumont Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Urviola Hani, pronuncia la siguiente sentencia, con el voto singular del magistrado Vergara Gotelli, que se agrega, y el voto singular en el que convergen los magistrados Calle Hayen y Urviola Hani, que también se acompaña.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Fe Augusto Ruíz Nizama contra la resolución de fecha 22 de abrildel 2010, a fojas 89 del cuaderno único, expedida por la Cuarta Sala Civil del a Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 29 de octubre del 2009, el recurrente interpone demanda de amparo contra los vocales integrantes de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República,solicitando que se declare nula e insubsistente la resolución de fecha 24 de junio del 2009, que confirmó en su contra la estimatoria de una demanda de amparo. Sostiene que fue vencido en el proceso de amparo contra resolución judicial (Exp. N.º 404-2009) seguido por Fideicomiso de Gestión y Administración de los Activos y Pasivos de la Empresa Agroindustrial Cayaltí S.A.A. en contra suya y de otro,proceso en el cual se dejó sin efecto la resolución judicial que le concedía medida cautelar de embargo en forma de retención sobre las cuentas bancarias de la empresa al argumentarse que ella se encontraba bajo el régimen especial de protección patrimonial de las empresas azucareras (Ley N.º 28027 y demás prórrogas), decisión ésta que -según refiere- vulnera sus derechos al debido proceso y a latutela jurisdiccional, toda vez que la empresa no acreditó encontrarse bajo los alcances del régimen de protección patrimonial de las empresas azucareras, por lo que considera que no se le puede brindar un beneficio que no le corresponde.
El Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, con resolución de fecha 26 de noviembre del 2009, declara improcedente la demanda por considerar que nose evidencia de manera ostensible la vulneración a la tutela procesal en su manifestación del debido proceso alegado, toda vez que del contenido de la sentencia cuestionada fluye que el colegiado sí analizó el asunto referido al régimen especial de protección patrimonial de las empresa azucarera.
A su turno, la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, con resolución de fecha...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS