SECCI N IV DE LAS JUNTAS DE DOCENTES DE GRADO O CURSO LOEI
Art. 54.- JUNTA DE DOCENTES DE GRADO O CURSO, es el organismo de la institución educativa encargado de analizar, en horas de laboreducativa fuera de clase, el rendimiento académico de los estudiantes, de conformidad con el currículo nacional y los estándares de calidad educativa, y con las políticas de evaluación establecidas en elpresente reglamento y por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Esta Junta debe proponer acciones educativas que pueden aplicarse, de manera individual o colectiva, a estudiantes ydocentes para mejorar su desempeño.
Está integrada por los docentes del grado o curso correspondiente, un representante del Departamento de Consejería Estudiantil, el docente tutor, quien debe presidir, elInspector General, los docentes con funciones de inspector y el responsable de la Secretaría del plantel.
ART. 56.- DOCENTE TUTOR DE GRADO O CURSO
El docente tutor de grado o curso es el docentedesignado, al inicio del año escolar, por el Rector del establecimiento para asumir las funciones de consejero y para coordinar acciones académicas, deportivas, sociales y culturales para el grado ocurso respectivo. Deben durar en sus funciones hasta el inicio del próximo año lectivo.
El docente tutor de grado o curso es el principal interlocutor entre la institución y los representantes legales delos estudiantes. Está encargado de realizar el proceso de evaluación del comportamiento de los estudiantes a su cargo, para lo cual debe mantener una buena comunicación con todos los docentes delgrado o curso.
ART. 222 Evaluación del comportamiento
La evaluación del comportamiento de los estudiantes en las instituciones educativas cumple un objeto informativo motivacional y está a cargo deldocente de aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a valores éticos y de convivencia social, tales como los siguientes; respeto y...
Regístrate para leer el documento completo.