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El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre empresas y trabajadores, para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estarintegrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores. CONCEPTOS BASICO¿Cuáles son sus principales funciones? * Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal. * Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y seguridad. * Investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales en la empresa. * Decidir negligenciainexcusable. * Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos profesionales. * Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador. * Promover la capacitación. ¿Cuáles son los requisitos para ser miembro? * Tener más de 18 años. * Saber leer y escribir. * Un año de antigüedad en el trabajo. * Realizar cursos de orientación en prevención de riesgo. |
|Decreto N°54 | | | |
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APRUEBA REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO
DE LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD D.O. 11.03.1969 |
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Santiago, 21 de Febrero de 1969.- Hoy se decretó lo que sigue: NUMERO 54: Vistos: lo dispuesto por el Art. 66 de la Ley Nº 16.744 y la facultad que me otorga el Nº 2 del Art. 72 de la Constitución Política del Estado.DECRETO Apruébase el siguiente Reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad: ARTICULO 1º En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas, se organizarán Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas decisiones, adoptadas en el ejerciciode las atribuciones que les encomienda la Ley Nº 16.744, serán obligatorias para la empresa y los trabajadores. Si la empresa tuviere faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas deberá organizarse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de duda, si procede o no que seconstituya el Comité Paritario de Higiene y Seguridad.ARTICULO 2º Si en una empresa existieren diversas faenas, sucursales o agencias y en cada una de ellas se constituyeren Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, podrá asimismo constituirse un Comité Paritario Permanente de toda la empresa y a quien corresponderán las funciones señaladas en el artículo 24 y al cual se le aplicarán todas las demásdisposiciones de este Reglamento. ARTICULO 3º Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad estarán compuestos por tres representantes patronales y tres representantes de los trabajadores.Por cada miembro titular se designará, además, otro en carácter de suplente. ARTICULO 4º La designación de los representantes patronales deberá realizarse con 15 días de anticipación a la fecha en que cese en susfunciones el Comité Paritario de Higiene y Seguridad que deba renovarse y los nombramientos se comunicarán a la respectiva Inspección del Trabajo por carta certificada, y a los trabajadores de la empresa o faena, sucursal o agencia por avisos colocados en el lugar de trabajo.En el caso de que los delegados patronales no sean designados en la oportunidad prevista, continuarán en funciones losdelegados que se desempeñaban como tales en el Comité cuyo período termina. ARTICULO 5º La elección de los representantes de los trabajadores se efectuará mediante votación secreta y directa convocada y presidida por el presidente del Comité Paritario de Higiene y Seguridad que termina su período, con no menos de 15 días de anticipación a la fecha en que deba celebrarse, por medio de avisos colocados...
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