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Asignatura: Instituciones Administrativas para Comunicadores y documentalistas
INTRODUCCIÓN
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, encargada por la Constitución de controlar la legalidad de los actos y disposiciones de laAdministración, constituye hoy día una pieza básica del Estado de Derecho.
Con la publicación de la Ley de 26 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se crea por primera vez en España un sistema judicial que va a permitir el control pleno de toda la actividad de la Administración.
Debido a la abundante Jurisdicción Contencioso-Administrativa con la que me heencontrado al consultar la Base de Datos Aranzadi, he escogido algunas de las sentencias referidas a la PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y DERECHO A LA INTIMIDAD que mediante el Recurso de Amparo han interpuesto los diferentes demandantes conforme al procedimiento especial y sumario, recurso contencioso-administrativo en que se dictaron Sentencias por las que se de declaró la nulidad de la resoluciónimpugnada.
Por lo tanto, tras presentar una exposición de la problemática y situación de la protección de datos de carácter personal y del derecho a la intimidad, pasó a analizar cada una de las 2sentencias escogidas, profundizando más sobre el tema a tratar encada una de ellas.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La protección del ámbito privado de la persona en la sociedad contemporánea, exigedel legislador y del resto de poderes públicos un especial esfuerzo para cubrir los diversos frentes en los que la intimidad de la persona puede verse amenazada desde la esfera de lo público. Una amenaza que, sin duda, no tiene únicamente su origen en el Estado, en los poderes públicos, sino también, y en muchos casos con mayor intensidad, en la actividad que desarrollan las empresas y entidadesprivadas.
Las referencias jurisprudenciales y doctrinales a la intimidad comienzan a ser cada día más frecuentes en los medios de comunicación:
• La Sentencia del Tribunal Constitucional 292/2000, señala que el derecho a la protección de datos posee una peculiaridad que le distingue de los demás y que radica en su contenido ya que atribuya a su titula un haz de facultades que imponen a terceresdeberes jurídicos que en definitiva sirven para garantizar a la persona un poder de control sobre sus datos personales, que se van concretando en los Fundamentos Jurídicos 6 y 7.
• También el apartado 2 del art. 8 de la Carta Europea, configura el contenido del derecho en similares términos a como lo hace la STC concretándolo n una serie de principios-deberes que se han de respetar y en una seriede derecho que derivan para los ciudadanos y que se han de entender.
• Estos principios y derechos que hay que respetar ante cualquier tratamiento de datos personales venían ya exigidos fundamentalmente por el Convenio 108 del Consejo de Europa por la Directiva 95/96 CE así como e nuestro derecho interno por la Lortad y con mayor rigor por la vigente LOPD.
De esta información se obtiene, por loque a las garantías de los derechos de los ciudadanos respecta y en especial por lo que se refiere a la protección de su intimidad frente a la informática, una importante conclusión: Los datos personales que almacena la Administración son utilizados por sus autoridades y servicios, por lo que las facultades que nacen del derecho a la intimidad de los ciudadanos no pueden agotarse en su dimensiónnegativa. Deben reconocérseles, a todos, las facultades necesarias para conocer la existencia, los fines y los responsables de los ficheros automatizados dependientes de una Administración Pública donde obran datos personales de un ciudadano, pues de lo contrario, el derecho fundamental a la intimidad, tal y como aparece recogido en el Art.18 de la Constitución, quedaría vaciado de contenido....
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