SEguridad en obras portuarias
OBRAS PORTUARIAS
INTERGRANTES DE GRUPO:
-CHAMBI ZAPATA FREDY HAROLT
-GONZALES VARGAS FREDY RUBEN
Índice
1. INTRODUCCIÓN
2. DEFINICIONES
3. DESCRIPCIÓN GENERAL
4. NORMAS
4.1 Accesos
4.2 Seguridad Vial
4.3 P.R.L
4.4 Emergencias
5. SANCIONES
ANEXOS:
LEGISLACIÓN
TELÉFONOS DE INTERÉS
Introducción
1
Para el desarrollo de las Normas Básicas de SeguridadPortuaria se han establecido en primer lugar dos capítulos iniciales
con las definiciones de los términos utilizados habitualmente en este documento y la descripción general del Puerto
de Gijón.
A continuación, se encuentra el capítulo que recoge las normas básicas, estructurado en cuatro secciones:
ACCESOS:
Se establecen aquellas
normas de obligado
cumplimiento para todos
los usuarios quequieran
acceder a las instalaciones
portuarias, recogiéndose
las condiciones de acceso
por zona y tipo de usuario.
SEGURIDAD VIAL:
Se contemplan las
diferentes normas de
circulación de vehículos
por las instalaciones
portuarias
PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES:
Se documenta la
información de riesgos,
medidas preventivas
generales del Puerto de
Gijón y la coordinación deactividades empresariales.
EMERGENCIAS:
Se contempla qué debe
hacer quien detecta una
emergencia, las primeras
actuaciones y la estructura
de los diferentes planes
de emergencia.
Finalmente se incorporan dos anexos con un listado de legislación básica aplicable y los teléfonos de interés del Puerto
de Gijón.
4
NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD PORTUARIA
Definiciones
2.1
2
AutoridadPortuaria
Organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propios, así
como con plena capacidad de obrar en su ámbito territorial de competencia,
que comprende la zona de servicio del puerto y los espacios afectados
al servicio de señalización marítima cuya gestión se les asigne.
2.2
Autorización
Las actividades que se desarrollen en el espacio portuario
que no requieranobras o instalaciones de ningún tipo y la
ocupación del dominio público portuario con instalaciones
desmontables o con bienes muebles, estarán sujetas a la
previa autorización de la Autoridad Portuaria.
Autorizado: el titular de una autorización de ocupación de
espacio público portuario.
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NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD PORTUARIA
2.3
Concesión
Permiso otorgado por la AutoridadPortuaria para ocupación de bienes de dominio público portuario con obras o
instalaciones no desmontables o por plazo superior a tres
años.
2.4
Código PBIP
Concesionario: el titular de una concesión
(Reglamento (CE) Nº 725/2004)
Código Internacional para la Protección de los Buques e Instalaciones Portuarias
elaborado por el Comité de Seguridad Marítima de Organización MarítimaInternacional, (OMI) y aprobado por Resolución N°2 de la Conferencia
Diplomática SOLAS celebrada en Londres, el 12 de diciembre de 2002.
2.4.1
Plan de Protección de la
Instalación Portuaria (P.P.I.P)
Documento elaborado para asegurar la aplicación de medidas destinadas a proteger la instalación portuaria y los
buques, las personas, la carga, las unidades de transporte
y las provisionesde los buques en la instalación portuaria
de los riesgos de un suceso que afecte a la protección
marítima.
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Definiciones
2.5
Plan de Emergencia Interior (P.E.I)
Documento elaborado en cumplimiento del RD 145/1989 “Reglamento Nacional de Admisión,
Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos”; en el cual se define la
organización de autoprotección,dotada de sus propios recursos, para acciones de prevención de
riesgos, alarma, evacuación y socorro, así como de extinción de incendios, rescate, salvamento y
rehabilitación de servicios esenciales, siempre que sea posible.
En este PEI se integran los diferentes Planes de Emergencia Interior de las concesiones y autorizaciones
presentes en el puerto.
Plan Interior de Contingencias (P.I.C)...
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