Seguridad Estructural
LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LAS CONSTRUCCIONES
ARTÍCULO 137.- Secretaría de Obras y Servicios debe aprobar la seguridad de estructuras no convencionales.
ARTÍCULO 138.- La cualtambién definir los requisitos de ciertos materiales y sistemas estructurales y procedimientos de diseño.
ARTÍCULO 139.- Para los efectos de este Título las construcciones se clasifican en lossiguientes grupos:
Grupo A: Edificaciones que contienen sustancias toxicas y explosivas o cuyo funcionamiento es vital en caso de emergencia
Grupo B: todas las viviendas y construcciones comercialesque no entren en el grupo A
a) Subgrupo B1: edificaciones en zonas I y II de mas de 30m de altura o 6000m2 y construcciones de mas de 15m de altura o 3000m2 en zona III. Tambienedificios de reunion con capacidad para mas de 200 personas
b) Subgrupo B2: Las demás de este grupo.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS EDIFICACIONES
ARTÍCULO 140.- sedebe planear una edificación cuyos sitemas estructurales resistan entre otras cosas, los sismos, pero sin dejar de cumplir con las normas establecidad. Y si el diseño no cumple con esas normas, estedebe resistir condiciones mas severas.
ARTÍCULO 141.- Las edificaciones deben cumplir con una separación de sus edificaciones colindantes y de ciertos cuerpos distintos dentro de unaedificación, que seran establecidos por las normas correspondientes. Estas separaciones no deben ser obstruidas. Asi mismo estas separaciones deben estar perfectamente indicadas en los planos aquitectonicos yestructurales
ARTÍCULO 142.- Los recubrimientos y acabados se deben fijar con procedimientos especiales si representan un peligro para los habitantes o a los transeúntes. Procedimiento quedeterminara el Director responsable de obra.
ARTÍCULO 143.- los elementos no estructurales que por su peso pudieran repercutir en la estructura deben ser aprobados por el Director resposable de obra...
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