Seguridad social
1.- Explica ampliamente las obligaciones de los patrones.
Articulo 15. Los patrones están obligados a:
I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles;
II. Llevar registros, tales como nominas y listas de raya enlas que se asiente invariablemente el numero de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente ley y sus reglamentos. es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al de su fecha;
III. Determinar las cuotas obrero patronal a su cargo y enterar su importe al instituto;
IV. Proporcionar al instituto loselementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta ley y los reglamentos que correspondan;
V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto, las que se sujetaran a lo establecido por esta ley, el código y los reglamentos respectivos;
VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanenteo esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del numero de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los periodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.
Asimismo, deberán cubrir las cuotas obrero patronales, aun enel caso de que no sea posible determinar el o los trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón a las obligaciones previstas en las fracciones anteriores, en este último caso, su monto se destinara a la reserva general financiera y actuarial a que se refiere el artículo 280, fracción IV de esta ley, sin perjuicio de que a aquellos trabajadores que acreditaren sus derechos,se les otorguen las prestaciones diferidas que les correspondan;
VII. Cumplir con las obligaciones que les impone el capitulo sexto del titulo ii de esta ley, en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;
VIII. Cumplir con las demás disposiciones de esta ley y sus reglamentos, y
IX. Expedir y entregar, tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo,constancia de los días laborados de acuerdo a lo que establezcan los reglamentos respectivos.
2.- ¿En qué consiste la inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo?
El patrón o sujeto obligado debe realizar el trámite, cuando se den los siguientes supuestos:
Por cambio de actividad Por incorporación de actividades Por compra de activos o cualquier acto de enajenación Porarrendamiento o comodato o fideicomiso traslativo Por cambio de domicilio Por sustitución patronal Por fusión Por escisión para la empresa, y Por reanudación.
El patrón debe presentar el trámite en escrito libre, formato (CLEM-01) u otra Tarjeta de Identificación Patronal Para los representantes
3.- ¿En qué consiste la inscripción patronal?
La inscripción patronal es el trámite que debe efectuartoda persona física o moral cuando establezca una relación laboral.
El trámite se debe de efectuar en La Oficina Administrativa que corresponda a su domicilio fiscal o al centro de trabajo. Cuando carezca del primero en la localidad, con un horario de 8:00 a 15:30 en días hábiles.
El trámite lo puede realizar: el patrón o su representante legal debidamente acreditado
Proporcionar los datos delformato aviso de inscripción o de reanudación de actividades (AFIL-O1A)
4.-Explica los derechos y obligaciones del IMSS.
Derechos del patrón
A. Solicitar y obtener la información completa y oportuna respecto de los trámites que deba realizar.
B. Recibir del personal del IMSS, en todo momento, un trato digno y eficiente.
C. Optar por cualquiera de los programas de regularización de pago...
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