Seguridad y proteccion de puerto de panama
Secretaría General
Autoridad Marítima de Panamá
Seguridad y Protección
en el Sistema Portuario Nacional
Sistema Portuario Nacional
PORVENIR
ALMIRANTE
BAHIA LAS MINAS
BOCAS DEL TORO
PTP
CHIRIQUÍ GRANDE
COQUIRA
PUERTO PANAMÁ
MUELLE TABOGA
VACAMONTE
AGUADULCE
PTP
PEDREGAL
CHARCO AZUL
BOCA PARITA
ARMUELLES
MUTIS
MENSABÉ
OBALDIA
LAPALMA
TERMINALES DE
GRANEL LIQUIDO - BUNKER
Refinería Panamá
Gatun
AMP
Monte Esperanza
AMP
Balboa
AMP:
Arraiján - PATSA
Petroterminal de Pmá
Atlantic Oil Terminal
Petroterminal de Pmá
Pacific Oil Terminal
DECAL
Departamento de Protección Portuaria
Antecedentes:
1.
Resolución JD No. 003-2003 del 25 de febrero de 2003
2.
Resolución ADM No. 140-2003 – GacetaOficial 24803 del 19 de mayo del 2003
– Implementación del Código ISPS
3.
Ley 56 General de Puertos del 6 de agosto de 2008 – Título IV, Capítulo XIV –
Gestión de Protección y Seguridad Marítima
1.
Las instalaciones portuarias las cuales les son aplicables el código PBIP,
deben acoger los requerimientos necesarios para la implantación eficaz de
todas las medidas de protección, tantofísica como operativa.
2.
Objetivo del Departamento:
Implantar y hacer cumplir la normativa del Código Internacional
para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias
PBIP (ISPS por sus siglas en inglés), en materia de protección
Portuaria; y al vez mantener las medidas de seguridad e higiene
portuaria a nivel nacional, bajo la normativa del Reglamento de
Seguridad eHigiene Portuaria.
Funciones del Departamento de Protección Portuaria
1.
Fijar el Nivel de Protección Portuaria bajo el código PBIP (Código Internacional para la
Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias), en las instalaciones pertinentes.
2.
Prestar servicios de información sobre los Niveles de Protección Portuaria y Marítima.
3.
Llevar un registro actualizado delas modificaciones al Código PBIB y al Convenio SOLAS
74/78.
4.
Determinar las instalaciones portuarias que tendrán que designar a un Oficial de Protección
Portuaria.
5.
Examinar las solicitudes de compañías especializadas en protección, que requieran funcionar
como Organización de Protección Reconocidas, para los puertos.
6.
Coordinar con los Oficiales de Protección Portuaria,de las instalaciones portuarias, lo
relacionado a la implementación del Código, en materia de protección portuaria.
7.
Definir los casos en que sea necesaria una declaración de protección marítima entre un
buque y una instalación portuaria.
8.
Confección y emisión del Certificado de la Declaración de Cumplimiento de la instalación
portuaria bajo el Código PBIP, Parte A y CapítuloXI-2 SOLAS.
9.
Determinar el período de verificación de cumplimiento anual que debe llevarse a cabo a las
instalaciones portuarias.
10. Auditar y verificar la implementación del Código PBIP en las instalaciones portuarias.
Comité de Protección Portuaria
Objetivo es coadyuvar en la coordinación e implementación del Código PBIB
y de normas de protección portuaria.
1. Resolución J.D.No. 009-2005 de 29 de julio de 2005, enmendado – Creación del
Comité de Protección Portuaria (inicialmente fue la Resolución DPM No. 009-2004 de 07 de abril de 2004).
2. Esta trabajando en MOU con Departamentos de Ingeniería y
Cumplimiento de Marina Mercante y otras oficinas gubernamentales
3. Miembros del Comité:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
SENAFRONT – Servicio Nacional deFronteras
Autoridad Marítima de Panamá
SENAN – Servicio Nacional Aeronaval
Policía Nacional
Autoridad del Canal de Panamá
Cuerpo de Bomberos
Autoridad Nacional de Aduanas
Servicio Nacional de Migración
Dirección de Investigación Judicial
Consejo de Seguridad Pública y Nacional de Seguridad
Rol de Comité de Protección Portuaria
1. Mantener un orden de ideas, prevención, información...
Regístrate para leer el documento completo.