seguridad
Desde el año 1916 a 1968, se dictan varias leyes que tratan sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Después de varios años de discusiónen el congreso, en 1916 se dicta la Ley N° 370 ( 30- Dic. 1916). Esta ley se caracteriza por ser la primera que dicta normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, concede elderecho asistencial médico y económico por los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales..
Adopta, por primera vez en Chile, la DOCTRINA del Riesgo Profesional, es decir, que la responsabilidadpor los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. derivan de la existencia misma de la empresa, porque ella es la creadora del riesgo.
En su artículo 1 estableció que “los accidentesocurridos a los obreros o empleados, por el hecho o con ocasión directa del trabajo que ejecuten en las empresas a que se refiere el artículo 3, dan derecho a una indemnización a cargo del patrón o jefede la empresa, en provecho de la víctima, del cónyuge sobre viviente y de los hijos legítimos, naturales o ilegítimos reconocidos”.
Se exceptuaban de la obligación de indemnizar a los accidentesdebido a fuerza mayor extraña y sin relación alguna con el trabajo que el obrero o empleado ejecutara, o producido intencionalmente por éstos o provenientes de un delito o culpa grave imputable a lavíctima o a un extraño. En tal caso la prueba incumbía al patrón.
Estableció la facultad de implantar el Seguro de Accidentes del Trabajo y sólo favorecía a trabajadores de empresas con más de 10trabajadores en contrato permanente. Esta Ley, no obstante ser un avance en este tipo de legislación, tuvo muchas deficiencias en su campo de aplicación. Por ejemplo, no considera las enfermedadesprofesionales.
Por otra parte, los riesgos eran enumerados taxativamente, por lo que quedaron sin derecho a indemnización muchos accidentes.
El monto de las prestaciones era bajo y al patrón no se le exigía...
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