seguro
La Superintendencia de Valores y Seguros es una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene la supervisión del negocio de seguros yreaseguros y que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda.
2. LEYES REGULADORAS DE SEGUROS (GENERALES)
A. Código de Comercio.
B. Ley sobre Compañías de Seguros D.F.L.251 de 1931 y sus modificaciones.
C. Legislación sobre mutualidades de seguros.
A. CODIGO DE COMERCIO
Contiene las reglas aplicables al contrato de seguros, precisando sus características y lasobligaciones de las partes que en él intervienen:
- Del seguro en general y de los seguros terrestres en particular (arts. 512 a 601).
- De los seguros marítimos (arts. 1.158 a 1.202).
B. LEYSOBRE COMPAÑIAS DE SEGUROS DFL Nº 251, DE 1931
a) AUTORIZACION
El negocio de seguros y reaseguros en Chile requiere de la intervención de la autoridad supervisora, la Superintendencia, para accederal desarrollo de la actividad. La compañía interesada debe constituirse legalmente en Chile, en conformidad a la ley de sociedades anónimas, esto es, otorgamiento de escritura pública, resolución deautorización de existencia de la Superintendencia e inscripción en el Registro de Comercio, y publicación en el Diario Oficial del certificado expedido por dicha Superintendencia.
b) RESERVA DELA ACTIVIDAD A ENTIDADES NACIONALES
La legislación reserva el desarrollo de la actividad aseguradora y reaseguradora en Chile sólo a sociedades anónimas constituidas en Chile con dicho objetoexclusivo. En consecuencia, las entidades aseguradoras extranjeras no pueden ofrecer ni contratar en Chile, directamente o a través de intermediarios. La infracción de esta prohibición es constitutiva dedelito.
c) LIBRE CONTRATACION DE SEGUROS EN EL EXTRANJERO
Cualquier persona natural o jurídica puede contratar seguros libremente en el extranjero, sujetándose a la legislación sobre cambios...
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