Seguros Patrimoniales
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL
CONDICIONES PARTICULARES
CLÁUSULA 1.- COBERTURAS BÁSICAS
La Empresa de Seguros indemnizará al Asegurado los montos que esté obligado a pagar a sus trabajadores o trabajadoras que figuren en su nómina o a los derechohabientes de éstos, con motivo de la responsabilidad que le impone el Título VIII, Capítulo IV, Artículo 130 de la Ley Orgánica dePrevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, sujeto a los términos y condiciones de esta Póliza, siempre que dicha responsabilidad provenga de accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales que ocurran por el incumplimiento por parte del empleador o patrono de las obligaciones que tiene para con sus trabajadores y trabajadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo, laresponsabilidad y la contingencia haya sido calificada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y sentenciada por un Tribunal de Primera Instancia del Trabajo y de Estabilidad Laboral. Las contingencias de los accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales que darán derecho a indemnización conforme con esta póliza son:
1. MUERTE: La muerte del trabajador o de la trabajadoracomo consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional. La indemnización será el equivalente al salario correspondiente a no menos de cinco (5) años ni más de ocho (8) años, contados por días continuos.
2. DISCAPACIDAD ABSOLUTA PERMANENTE PARA CUALQUIER TIPO DE ACTIVIDAD: La contingencia que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional genere en eltrabajador o la trabajadora una disminución total y definitiva mayor o igual al 67% de su capacidad física, intelectual o ambas, que la inhabiliten para realizar cualquier tipo de oficio o actividad laboral. La indemnización será el equivalente al salario correspondiente a no menos de cuatro (4) años ni más de siete (7) años, contados por días continuos.
3. DISCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE PARA ELTRABAJO HABITUAL: La contingencia que como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional genere en el trabajador o la trabajadora una disminución mayor o igual al 67% de su capacidad física, intelectual o ambas, que le impidan el desarrollo de las principales actividades laborales inherentes a la ocupación u oficio habitual que venía desarrollando antes de la contingencia,siempre que se conserve capacidad para dedicarse a otra actividad laboral distinta. La indemnización será el equivalente al salario correspondiente a no menos de tres (3) años ni más de seis (6) años, contados por días continuos.
4. DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: La contingencia que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional genere en el trabajador o la trabajadorauna disminución parcial y definitiva menor del 67% de su capacidad física o intelectual para el trabajo. Si la discapacidad es mayor al 25%, la indemnización será el equivalente al salario correspondiente a no menos de dos (2) años ni más de cinco (5), contados por días continuos, y si es menor o igual al 25%, el salario correspondiente a no menos de un (1) año ni más de cuatro (4) años, contadospor días continuos.
5. DISCAPACIDAD TEMPORAL: La contingencia que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional que imposibilita al trabajador o la trabajadora para trabajar por un tiempo determinado. La indemnización será equivalente al doble del salario correspondiente a los días que hubiere durado el reposo por dicha discapacidad.
6. GRAN DISCAPACIDAD: Lacontingencia que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional del trabajador o de la trabajadora, quedare obligada a auxiliarse de otras personas para realizar los actos elementales de la vida diaria. La indemnización correspondiente queda condicionada a la siguiente clasificación:
6.1 Gran Discapacidad asociada a la Discapacidad Absoluta Permanente: La indemnización será...
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