Seguros
Los terrestres por su parte, se clasifican en seguros de daños y de personas. Los seguros de daños se dividen en patrimoniales y reales (artículo1082 del C.Co.).
Los seguros de daños por definición son aquellos cuyo objeto es la protección del patrimonio de las personas en la medida en que el interés asegurable es susceptible deser estimado en dinero, es decir, tiene un valor cuantificable, de ahí que la indemnización corresponda al valor de la pérdida efectivamente sufrida.
En los seguros de personas elinterés asegurable recae sobre la vida, la salud y la integridad física de las personas. Su valoración económica en la mayoría de los casos es subjetiva en la medida en que no es posibleestablecer un valor cierto y determinado y generalmente la indemnización corresponde al valor asegurado establecido por el asegurado y aceptado por el asegurador.
Adicionalmente, en losseguros de personas existen otros riesgos asociados a los seguros de vida que son perfectamente cuantificables en dinero como son los correspondientes a los amparos de gastos médicos,hospitalización, cirugía y exequiales, cuyo propósito es evitar el menoscabo patrimonial de la persona y su carácter es indemnizatorio, tal como lo establece el artículo 1140 C.Co.
Enrelación con los seguros de personas es preciso hacer relación a la clasificación que han hecho algunos autores sobre esta clase de seguros, clasificaciones que sirven para establecer lanaturaleza del seguro de desempleo tal como lo plantea el Dr. Vivas en su consulta.
Según el tratadista Joaquín Garrigues 1: ‘La ausencia de una doctrina general de los seguros
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