Sent. 024
POLICIA JUDICIAL-Funciones conjunto de autoridades que colaboran con los funcionarios judiciales en la investigación de los delitos y en la captura de los delincuentes, sus funciones se deben cumplir bajo la dirección y coordinación del Fiscal General y sus delegados.
DOMICILIO- lugares de habitación y todos aquellos espacios cerrados, en donde las personasdesarrollan de manera más inmediata su intimidad y su personalidad mediante el libre ejercicio de su libertad. protege más que a un espacio físico en sí mismo al individuo en su seguridad, libertad e intimidad. estos derechos no pueden ser limitados sino por la ley.
PRIVACION DE LA LIBERTAD-Autoridad competente: esta facultad está restringida a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a lasSalas Penales de los Tribunales Superiores -incluido el Tribunal Militar-, a los Jueces de la República en lo penal, a la Fiscalía General de la Nación y excepcionalmente al Senado cuando ejerce funciones de juzgamiento. Son entonces éstas las autoridades facultadas, por regla general, para expedir órdenes de allanamiento o de privación de la libertad.
ALLANAMIENTO SIN ORDENJUDICIAL/FLAGRANCIA Es cuando la persona se resiste a la aprehensión y se refugia en un domicilio, puesto que el caso se asimila entonces a una flagrancia y la urgencia de la situación impide la obtención previa de la autorización judicial.
DETENCION PREVENTIVA- Es una aprehensión material que tiene como único objeto verificar ciertos hechos que sean necesarios para que la policía pueda cumplir su funciónconstitucional, a saber "el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.
Motivos fundados: son hechos, situaciones fácticas, que si bien no tienen la inmediatez de los casos de flagrancia sino una relación mediata con el momento de la aprehensión material, deben sersuficientemente claros y urgentes para justificar la detención. El motivo fundado que justifica una aprehensión material es entonces un conjunto articulado de hechos que permitan inferir de manera objetiva que la persona que va a ser aprehendida es probablemente autora de una infracción o partícipe de ella. Por consiguiente, la mera sospecha o la simple convicción del agente policial no constituye motivofundado.
Necesariedad: debe operar en situaciones de apremio en las cuáles no pueda exigirse la orden judicial, porque si la autoridad policial tuviera que esperar a ella para actuar, ya probablemente la orden resultaría ineficaz. Por eso, sólo en aquellos casos en los cuáles se deba proceder con urgencia para no perjudicar la investigación judicial o cuando la demora implique un peligroinminente, podrá la autoridad policial proceder a una detención preventiva sin orden judicial.
Finalidad : único objeto verificar de manera breve los hechos relacionados con los motivos fundados de la aprehensión o la identidad de la persona y, si es el caso, poner a disposición de las autoridades judiciales competentes a la persona aprehendida para que se investigue su conducta. Es pues unaaprehensión material con estrictos fines de verificación a fin de constatar si hay motivos para que las autoridades judiciales adelanten la correspondiente investigación.
Límite temporal: límite máximo que no puede en ningún caso ser sobrepasado: antes de 36 horas la persona debe ser liberada o puesta a disposición de la autoridad judicial competente.
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD La aprehensión nosólo se debe dirigir a cumplir un fin preciso -verificar ciertos hechos o identidades- adecuadamente comprendido dentro de la órbita de las autoridades de policía sino que además debe ser proporcionada. Debe tener en cuenta la gravedad del hecho y no se puede traducir en una limitación desproporcionada de la libertad de la persona.
HABEAS CORPUS Se aplica plenamente el derecho de Habeas...
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