Sentencia 3 derecho trabajo
Sentencia núm. 56/2008 de 14 abril RTC 2008\56
Antecedentes:
Sergio recurrente de amparo por vulneración a la libertad de expresión, trabajaba (de técnicoAuxiliar nv6) para Cepsa en Tenerife con 38 años de antigüedad. La empresa le impuso suspensión de empleo y sueldo de 5 días por una falta grave del convenio, el trabajador impugnó dicha sanciónllegando a una conciliación y la empresa retiró la sanción, pero el trabajador al día siguiente vuelve a utilizar términos ofensivos para la empresa y la empresa acuerda su despido disciplinario por losinsultos y la transgresión de la buena fe. El trabajador presenta demanda por despido.
Alegaciones:
Trabajador: alega que ejerció su derecho de libertad de expresión dentro del trabajo, que lainformación que daba era veraz (hubo un accidente con 5 muertos). Respecto los términos dice que según se mire no son ofensivas como por ejemplo decir que ‘murieron como perros’ quiere decir que murieronsolos, así con todas las expresiones del texto, por lo tanto no habiendo utilizado términos ofensivos no incumple la buena fe.
Empresa: aduce a la inviabilidad del recurso de amparo por un óbice deprocedibilidad (pudo acudir directamente al recurso de amparo). Alude a que el trabajador incurrió en transgresión de la buena fe publicando al día siguiente una misiva ofensiva, por lo tanto el despidoes procedente. También dice que el recurrente ofendió a los familiares de las victimas con sus frases.
Ministerio Fiscal: alega un mal actuar empresarial y deficiente actuación de los representantesde los trabajadores ya que el que murieran los trabajadores fue por falta de medidas de seguridad y por no defender al recurrente cuando consintieron el expediente sancionador. Y que los insultosfueron una opinión crítica adversa, por lo tanto el escrito no ha transgredido los límites de la libertad de expresión.
Resolución del tribunal Constitucional:
Ha decidido: 1) declarar vulnerado el...
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