SENTENCIA 395 DE 2013

Páginas: 34 (8289 palabras) Publicado: 29 de julio de 2015
Sentencia T-395/13


ACCION DE TUTELA PARA RECONOCIMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES-Reglas jurisprudenciales para determinar la procedencia excepcional

La acción de tutela procederá para proteger los derechos fundamentales y, en particular, los derivados del reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, como la pensión de sobrevivientes en los siguientes casos: (i) cuando no existeotro medio de defensa judicial, o cuando existiendo, el mismo no resulta idóneo para resolver el caso concreto, eventos en los que la tutela procede como mecanismo principal de defensa ante la imposibilidad material de solicitar una protección real y cierta por otra vía y, (ii) cuando esta se promueve como mecanismo transitorio, debiendo acreditar el demandante que el amparo constitucional esnecesario para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, en cuyo caso la orden de protección tendrá efectos temporales, solo hasta el momento en que la autoridad judicial competente decida en forma definitiva el conflicto planteado.

SUSTITUCION PENSIONAL O PENSION DE SOBREVIVIENTES-Protección constitucional cuando se trata de personas en situación de discapacidad

La categoría de sujeto deespecial protección constitucional, según ha definido esta Corporación, está constituida por aquellas personas que debido a su condición física, psicológica o social particular merecen recibir una acción positiva estatal para efectos de lograr una igualdad efectiva. Así se ha considerado que entre los grupos de especial protección constitucional se encuentran los niños, los adolescentes, los ancianos,las personas en condición de discapacidad física, síquica y sensorial, las mujeres cabeza de familia, las personas desplazadas por la violencia y aquellas que se encuentran en situación de extrema pobreza. La Corte Constitucional ha considerado que los mecanismos laborales ordinarios, aunque idóneos, no son eficaces cuando se trata de personas que reclaman el reconocimiento de la pensión desobrevivientes y se encuentran en circunstancia de debilidad manifiesta. Frente a estas circunstancias, las acciones ordinarias no son lo suficientemente expeditas para satisfacer la exigencia de la protección inmediata de derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital, a la salud, a la educación, a la vivienda digna, a la alimentación adecuada y a la seguridad social.

PERSONAS EN SITUACIONDE DISCAPACIDAD-Protección en el ordenamiento constitucional

En desarrollo de los artículos 13, 47 y 54 de nuestra Constitución, tanto el legislador como esta Corporación han señalado la existencia de sujetos que gozan de una protección especial dentro de los cuales se encuentran, para lo que interesa a la presente causa, las personas en condición de discapacidad. La Corte Constitucional hasostenido, de manera enfática, que la omisión de otorgar especial amparo a las personas que se encuentran en situación de indefensión por razones económicas, físicas o mentales puede también asemejarse a una medida discriminatoria. Lo anterior, por cuanto la situación que afrontan estas personas les dificulta incorporarse socialmente para poder ejercer sus derechos y responder por sus obligaciones.Ello explica que el Estado deba adoptar un conjunto de medidas de orden positivo encaminadas a superar esa situación de desigualdad y de desprotección. Con la anotada finalidad, el Estado debe ofrecer las condiciones normativas y materiales que permitan, en la medida de lo posible, que las personas en situaciones de debilidad manifiesta, superen su situación de desigualdad. Misión en la que tambiéndeberá participar el legislador y los jueces quienes han de adoptar medidas de amparo específicas según las circunstancias de cada caso en concreto.

PENSION DE SOBREVIVIENTES-Naturaleza, finalidad y requisitos para su reconocimiento

La pensión de sobrevivientes, según la jurisprudencia de esta Corporación se instituyó con el fin de afrontar los riesgos de viudez y orfandad que se derivan de la...
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